198/2020 - Medidas Sanitarias - Ampliación mayores 65 años
La Dirección General de los Servicios Administrativos del Poder Judicial, cumple en librar la presente a efectos de poner en su conocimiento que, atento a las medidas comunicadas en el día de ayer por el Poder Ejecutivo tendientes a disminuir la movilidad y evitar la propagación del Coronavirus, la Suprema Corte de Justicia en procura de mantener la alineación entre dichas medidas y los protocolos vigentes para el Poder Judicial, dispuso que los funcionarios mayores de 65 años por pertenecer a la población de riesgo definida por la Autoridad Sanitaria, y hasta nueva resolución, se encuentran eximidos de concurrir a sus lugares de trabajo, no siendo necesaria la presentación de certificado alguno.
Sin perjuicio de ello, todos los funcionarios eximidos de concurrir por razón de edad podrán ser contactados dentro de todo el horario de oficina. Asimismo, en aquellos casos donde sea posible, su Jerarca deberá articular con División Informática los mecanismos necesarios para realizar teletrabajo cuando se disponga de los medios para hacerlo.
A su vez, se reitera la vigencia de la Acordada nº 8095, comunicada por Circular nº 181/2020 de fecha 4 de diciembre de 2020, exhortando a que en el marco de la actual emergencia sanitaria se otorgue la mayor cantidad de licencia reglamentaria a los funcionarios durante la próxima Feria Judicial mayor, atendiendo asimismo a las necesidades del servicio. En particular se habilita a que, en virtud de las medidas anunciadas, dichas licencias puedan ser otorgadas a partir del 24 de diciembre de 2020.