Se suman otros 2 procesamientos por incidentes en inmediaciones del estadio Tróccoli

04.03.15, de DICOMI-SCJ.- El Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 19º Turno, Dr. Gabriel Ohanián, resolvió nuevos procesamientos con prisión que se suman a los anteriormente dispuestos por los incidentes ocurridos en el estadio del Club Atlético Cerro el pasado 14 de febrero, adicionales a los que ya fueron dispuestos con anterioridad.

El magistrado imputó en esta oportunidad a dos parciales de la institución locataria, P.M.V. y A.N.E, como autores penalmente responsables de un delito de atentado agravado. Se entendió en ambos casos que el atentado se configuró mediante agresiones y amenazas que impidieron a los efectivos policiales cumplir libremente con sus funciones. Según consigna el auto de procesamiento a cargo del magistrado, P.M.V. participó de una "multitud que pretendía con violencia agredir a los uniformados, el indagado quedó a escasos metros de los funcionarios y en determinado momento toma una bengala encendida y se la arroja desde muy cerca de la humanidad de los Policías". Tal intención quedó refrendada en las propias declaraciones del imputado: "queríamos que la Policía retrocediera". Por otra parte, de las actuaciones judiciales emerge que el otro imputado, A.N.E., también se encontraba en la Tribuna Chile cuando se generaron los desmanes y agresiones violentas en perjuicio de los efectivos policiales. "Si bien no surgen imágenes que lo muestren arrojando objetos o golpeando a los Policías, sí se lo ve próximo a aquellos saltando y gritando, en la primera línea, así como también se ve que al momento en que la autoridad se retira de la tribuna y el indagado es de los individuos que siguen a los uniformados amenazante muy próximo a ellos".

En consecuencia, el Dr. Ohanián dispuso los enjuiciamientos con prisión de P.M.V. y A.N.E. como autores de un delito de atentado agravado. Lo resuelto tiene fundamento en la gravedad de la conducta desplegada por los indagados responsables de tales actos, en los términos dispuestos por el art. 2º de la ley 17.726.

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