Jueza Morosini procesó a 8 personas e inició proceso infraccional adolescente por distribución de estupefacientes

20.02.15, de DICOMI-SCJ.- La jueza letrada de Primera Instancia de 4º Turno de Maldonado, Dra. Adriana Morosini, dispuso el procesamiento con y sin prisión de varias personas por delitos asociados a la distribución y asistencia en la distribución de estupefacientes en Maldonado.

La investigación realizada por la Brigada de Narcóticos de la Jefatura de Policía desde octubre de 2014, arrojó información sobre la negociación de sustancias estupefacientes. Se realizaron distintas interceptaciones telefónicas.
El accionar estaba presidido por W.G. -recluido en el Comcar- quien coordinaba la entrega de sustancias, cobraba el dinero y lo distribuía. Los hijos de esta persona, W.G. y E.G. -ésta última menor de edad- colaboraban en el operativo.
Asimismo existen otros mayores involucrados. B.S.P. era dirigido por W.G. (padre) para realizar los cobros de dinero que se le debían al segundo y recibiendo una retribución económica como contraprestación del servicio. Por su parte, C.F. (pareja de R.P) también asistía en las negociaciones manejando el dinero de acuerdo a lo expresado por el preso W.G. Las personas de iniciales F.M. (novia de P.O.) y N.O. también participaban de la negociación de entrega de estupefacientes.
El Representante del Ministerio Público y Fiscal solicitó el procesamiento con prisión de W.A.G. y R.P.R. por la presunta comisión de un delito previsto en el artículo 31 del decreto ley 14.294 en la redacción dada por el artículo 3º de la ley 17.016 en la modalidad de negociación, y el procesamiento con prisión de P.M.O.R., W.G., B.S.P., C.F., F.M., y N.O. por la presunta comisión de un delito previsto en el artículo 57 del decreto ley 17.016 en la modalidad de asistencia. Asimismo, solicitó la iniciación de un proceso infraccional adolescente por la presunta comisión de una infracción grave previsto como un delito en el artículo 57 de la norma mencionada. Se solicitó como medida cautelar la internación en I.N.A.U. por un período de 60 días.
La magistrada acogió en su totalidad lo requerido por la Fiscalía, con excepción del procesamiento sin prisión de C.F. y F.M., a quienes les impuso arresto domiciliario total por el término de ciento veinte días.

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