Se creó el Registro Único de Poderes de representantes del Estado
La Acordada nº 8263 (circular nº 043/2025) creó el Registro Único de Poderes de representantes del Estado con alcance nacional. Todos los organismos públicos podrán ingresar a través de la Ventanilla Única Judicial la solicitud de inscripción en dicho registro de los poderes para litigar que hayan sido otorgados. Para ello es necesario contar con usuario corporativo de Ventanilla Única Judicial y haber solicitado el servicio "Administración de Poderes".
El nuevo sistema será obligatorio a partir del día 2 de junio de 2025.
Una vez inscripto el poder en el Registro Único de Poderes del Estado, el sistema le asignará un número de inscripción y emitirá la constancia correspondiente. Cuando el profesional se presente como apoderado, deberá surgir del escrito el número o constancia de inscripción, por lo cual no será necesaria la presentación del poder, logrando así una gran economía de procedimientos. No obstante, cada sede podrá solicitar la documentación que considere necesaria a los efectos de la tramitación del proceso de que se trate.
Los legajos de poderes que ya existen en las oficinas se mantendrán para los documentos que se hayan presentado antes de la presente normativa, que regirá desde el próximo 7 de abril.