Guía impulsada por Unicef y SCJ busca simplificar la tarea del operador judicial
Con la publicación de la guía práctica referida al interés superior del niño, impulsada por Unicef y la Suprema Corte de Justicia, se procura una propuesta instrumental para simplificar la tarea del operador judicial, permitiéndole evaluar y determinar ese concepto con una fundamentación más efectiva.
Al hacer uso de la palabra durante la ceremonia de lanzamiento, la defensora pública Dra. Cecilia Notejane consideró que era un privilegio formar parte del grupo de trabajo que elaboró la publicación "Interés superior del niño. Guía práctica para el sistema de justicia".
Añadió que todas las integrantes del grupo de trabajo aportaron con el mismo compromiso, buscando estar a la altura del desafío propuesto.
La Suprema Corte de Justicia designó para integrar el equipo de trabajo, además de la defensora pública Notejane, a las magistradas María Sol Bellomo Peraza y Viviana Granese, a la defensora pública Sandra Divito y a la perito psicóloga del Instituto Técnico Forense, Silvia García Pelua.
"Cada una de nosotras aportó desde su perspectiva, su lugar y su punto de vista" dijo Notejane, agregando que consideraba que la guía "es realmente un acierto".
Subrayó que el concepto del interés superior del niño se usa mucho, generando el desafío de elaborar una guía "totalmente pragmática" que permitiese "bajar a tierra" su significado.
"Muchas veces no argumentamos lo suficiente" dijo la oradora, añadiendo que de ese modo "vamos quedando vacíos de contenido" ya sea para expedirse en defensa del niño o para rebatir una resolución.
El equipo de trabajo que acompañó a las autoras Ester Valenzuela Rivera (consultora de Unicef y especialista en derecho de infancia, adolescencia y familia) y Stefanía Rainalidi (consultora de Unicef y especialista en derechos humanos) se reunió periódicamente desde agosto del año pasado para poder completar la guía que se presentó el jueves 5 de setiembre en la Sala "Constitución de la República".
¿QUÉ ES EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO?
Según el Comité de los Derechos del Niño (Observación General nº 5) el interés superior del niño es un derecho, un principio y una norma de procedimiento basados en una evaluación de todos los elementos del interés de uno o varios niños en una situación concreta. El objetivo es garantizar el disfrute pleno y efectivo de todos los derechos reconocidos por la Convención sobre los derechos del niño y del desarrollo holístico del niño.
Al evaluar y determinar el interés superior del niño para tomar una decisión sobre una medida concreta, se deben seguir dos pasos. En primer lugar, determinar cuáles son los elementos pertinentes en el contexto de los hechos concretos del caso, dotarlos de un contenido concreto y ponderar su importancia en relación con los demás. En segundo lugar, seguir un procedimiento que vele por las garantías jurídicas y la aplicación adecuada del derecho.
Para la determinación del interés superior del niño se proponen los siguientes elementos: la opinión del niño; la identidad del niño; la preservación del entorno familiar y el mantenimiento de las relaciones; el cuidado, la protección y la seguridad del niño; la situación de vulnerabilidad; el derecho del niño a la salud; el derecho del niño a la educación. La lista no es exhaustiva ni jerárquica, por lo que pueden existir más elementos para considerar en cada caso concreto y otros factores pertinentes en las circunstancias específicas de cada niño o grupo de niños específico.