Está habilitada la publicación electrónica de edictos judiciales
Desde el pasado martes 1º de febrero los usuarios de los servicios de justicia pueden publicar y abonar los edictos judiciales a través del sitio web oficial del Poder Judicial, con excepción de los edictos referentes a remates.
De este modo el servicio se retribuye sin necesidad de comparecer personalmente ante las oficinas, utilizando la vía informática e ingresando al menú “Servicios en línea” de la web institucional.
El costo por publicación es de una unidad reajustable (1UR). Quienes hayan sido formalmente exentos de todos los costos en juicio, además de publicar el edicto en IMPO de forma gratuita, también gozarán de este beneficio en el sitio web del Poder Judicial. Las rectificaciones (fe de errata) se publicarán sin cargo.
A partir del día siguiente hábil después de concretado el pago quedará efectiva la publicación y se podrá constatar y consultar cualquier publicación desde el sitio web institucional. Para realizar la consulta bastará con ingresar a Publicación de edictos judiciales ubicado dentro del menú “Consultas”.
Esta nueva modalidad de publicación fue habilitada por la reforma que la ley 19.090 de 26/06/2013 introdujo en el art. 89 del Código General del Proceso, permitiendo sustituir las publicaciones de periódicos locales por “la inclusión en la red informática del Poder Judicial” para notificar por edicto a persona indeterminada o incierta.
La iniciativa se suma al constante esfuerzo de modernización de la gestión que los servicios de justicia vienen haciendo en los últimos años.