Declaración de días inhábiles para los Jdos. Ldos. de Primera Instancia de Durazno de 1° 2°, 3° y 4° Turno

Miércoles, 24 Febrero 2021

Por Resolución SCJ n°13/2021 de fecha 24 de febrero de 2021, la Suprema Corte de Justicia resolvió declarar inhábiles los días comprendidos entre el 23 y el 26 de febrero de 2021 , para los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Durazno de 1° 2°, 3° y 4° Turno.

La decisión fue motivada debido a la emergencia sanitaria actual de Covid-19 en dicho departamento.

A continuación se transcibe el texto de la resolución:

VISTOS:
Que en mérito al Protocolo de actuación ante casos de COVID-19 positivo se recibió, en el día de ayer, correo electrónico procedente de los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Durazno de 1° 2°, 3° y 4° Turnos, detallando el estado sanitario de esas Sedes.
Que como consecuencia de la situación de emergencia existente se ha ordenado la cuarentena e hisopado de un número significativo de funcionarios que se encontraban trabajando en esas oficinas, por lo que no es posible atender las demandas del normal funcionamiento del servicio de justicia.

ATENTO:
a lo expuesto, a razones de servicio y a lo dispuesto en el art. 239 de la Constitución de la República;

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA,
RESUELVE:
1º.- Decláranse inhábiles los días comprendidos entre el 23 y el 26 de febrero de 2021 inclusive, en los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Durazno de 1° 2°, 3° y 4° Turnos.
Suspéndanse las actividades programadas dentro de esas fechas (audiencias, inspecciones oculares, a vía de ejemplo) por razones sanitarias.
Lo establecido en el inciso anterior es sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 97 del Código General del Proceso para la habilitación de días u horas inhábiles. Deberá tenerse presente que, por Resolución Nro. 12 de la Suprema Corte de Justicia de fecha 16 de marzo de 2020 a título de ejemplo, se plantearon distintas hipótesis que justificarían el pedido de habilitación.
2°.- Encargar para la recepción de escritos, manejo de agenda web, correo electrónico, atención al público y demás asuntos relativos e impostergables de la Oficina de los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Durazno de 1° 2°, 3° y 4° Turnos, en el período comprendido entre el 24 y 26 de febrero de 2021 inclusive, al Juzgado de Paz Departamental de Durazno.
3º.- El período determinado en la presente resolución es sin perjuicio de ulteriores modificaciones, que se podrán disponer atendiendo a los resultados que se vayan obteniendo de los respectivos hisopados.

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Martes, 13 Abril 2021

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