SCJ ordena que jueces tramiten causas que iniciaron, aunque haya vencido plazo de encargatura
La Suprema Corte de Justicia dictó la Resolución nº 18/2020 con la finalidad de complementar los planes de contingencia para hacer frente a la grave crisis sanitaria que impera en el país, disponiendo que, en lo que respecta a las encargaturas establecidas por resoluciones nº 16 y 17, el magistrado que haya comenzado con la sustanciación de un asunto deberá continuar con ese trámite hasta resolver la pretensión, ya que no queda eximido por el agotamiento del plazo de la encargatura respectiva.
Asimismo, se estableció que aquellos expedientes en los que se encuentre conclusa la causa y esté en estado de dictarse sentencia (interlocutoria o definitiva), en procesos alcanzados por lo dispuesto en el art. 97 del Código General del Proceso, deberán ser decididos por el magistrado que estuvo a cargo del mismo.