"Los hijos tienen que estar con el progenitor que mejor protege sus derechos" dijo el Presidente de la SCJ en referencia al debate sobre tenencia compartida
23.08.16, de DICOMI-SCJ.- "Sobre el tema tengo posición tomada -incluso se puede revisar en la jurisprudencia del Tribunal que integraba-, yo creo que hay situaciones y casos específicos en los cuales la tenencia compartida es una solución aceptable, siempre y cuando se den los marcos adecuados para administrarla", aseveró el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Ricardo C. Pérez Manrique en rueda de prensa cumplida en la tarde de ayer, en ocasión de inaugurar una Cámara Gesell en el Instituto Técnico Forense (ITF), y tras ser consultado por una nueva manifestación de la organización "Todo por nuestros hijos".
La convocatoria se desarrolló por quinto año consecutivo sobre el Pasaje de los Derechos Humanos, teniendo como escenario principal la fachada de la Suprema Corte de Justicia donde los manifestantes, tras realizar su proclama, depositaron los juguetes que -según entienden- no pudieron entregar a sus hijos en el Día del Niño.
El Dr. Pérez Manrique señaló que, en cumplimiento del marco legal vigente en materia de familia, el juez actuante "puede determinar con cuál de los padres va a convivir el niño o la niña y puede buscar una forma de tenencia compartida o tenencia atenuada. Variantes hay muchas, lo que yo digo es que no se puede imponer a todo el mundo la misma solución".
"En Derecho de Familia hay algo que es fundamental, que es la aplicación de una solución a cada caso concreto, no hay dos familias iguales ni hay dos situaciones que sean comparables. La doctrina sobre este tema marca que hay una cantidad de situaciones en las cuales aplicar la tenencia compartida sería lo ideal, de hecho el tribunal lo aplicó con éxito, pero no se puede imponer que en todos los casos haya tenencia compartida como se quiere hacer preceptivamente a través de un proyecto de ley".
"En realidad no debería haber una regla preestablecida, sino que el hijo tiene que estar con el padre que mejor protege sus derechos y, entre otros derechos, el padre o la madre tenedora tiene que proteger sus derechos y el derecho de su hijo a tener contacto con el otro progenitor".