Juez Aguirre procesó a un hombre que desobedeció restricción y procuró dar muerte a su ex mujer
12.01.16, de DICOMI-SCJ.- El Juez subrogante de Feria, actuando al frente de los Juzgados Letrados de Cerro Largo de 1º y 2º Turnos, Dr. Paulo Aguirre, dispuso el procesamiento con prisión de un hombre por la presunta comisión de los delitos de desacato y homicidio especialmente agravado en grado de tentativa.
Este accionar delictivo se consideró especialmente agravado en virtud de que el imputado registraba, a la fecha, dos resoluciones judiciales de restricción por antecedentes de violencia doméstica. De acuerdo con la sucesión de hechos señalados por el magistrado subrogante en el auto de procesamiento, y a lo que surge de las actuaciones procedentes del Juzgado de Familia, con fecha 28 de octubre de 2015, al indagado R.L.M.J. se le impuso prohibición de acercamiento a su pareja M.M. por el término de 30 días. Posteriormente, el día 16 de diciembre de 2015, dichas medidas cautelares fueron prorrogadas por el lapso de 60 días, bajo apercibimiento. El pasado domingo 3 de enero en horas de la madrugada R.L.M.J., estando en pleno conocimiento de la prohibición decretada por el Juzgado Letrado de Cerro Largo de 5º Turno, se aproximó al domicilio de M.M. y la esperó. En determinado momento, en circunstancias en que M.M. salió al frente del hogar para entrar su moto, la joven fue abordada por el indagado quien, tras forcejear con ella, logró ingresar al domicilio rompiendo los vidrios de puerta y ventanas, desatándose en el interior del hogar, una situación violenta entre ambos, donde R.L.M.J. procuró dar muerte a M.M. y posteriormente suicidarse, según relató en sede penal a cargo del magistrado Dr. Paulo Aguirre. Indagado en presencia de su abogado defensor, el imputado admitió haber desobedecido las ordenes de restricción dictadas por la Jueza de Familia y su accionar violento dentro del hogar de su ex pareja. El Dr. Aguirre reunió un cúmulo probatorio que permite contar con elementos de convicción suficientes para determinar, a primera vista y sin perjuicio de ulterioridades del proceso, que R.L.M.J. cometió delito de desacato especialmente agravado, y un delito de homicidio específicamente agravado, en grado de tentativa en reiteración real. Se dispuso que el procesamiento fuera con prisión atendiendo a la naturaleza de los delitos imputados, "dada la desobediencia y la tentativa de dar muerte a su conyuge", por contar con antecedentes judiciales, con especial consideración de la gravedad de los hechos, restableciendo el orden público y garantizando la seguridad de las personas.