Fue procesado con prisión un hombre que no acató voz de "alto" en Maldonado
10.07.14, de DICOMI-SCJ.- La Jueza subrogante de Feria actuando en el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Maldonado de 2º Turno, Dra. Rossana Martínez Fernández, resolvió procesar con prisión a R.A.L.P. por un delito de desacato perpetrado en el marco de un procedimiento policial.
El hecho ocurrió el día 4 de julio, próximo a la hora 23:30 cuando, a través del servicio 911, los agentes de policía intervinientes tomaron conocimiento de un incidente en que una persona resultó lesionada debido, al parecer, a unos disparos de arma de fuego. En esas circunstancias fue avistado un vehículo gris marca Chery QQ. El taxista S.V. fue quien comunicó lo ocurrido y luego se efectuó una segunda llamada por parte de una persona desde una parada de taxis.
En consecuencia concurrieron dos agentes y solicitaron apoyo para la detención del referido automotor. Al llegar a la intersección de Simón del Pino y Av. Aiguá, el vehículo perseguido detuvo su marcha y varios móviles policiales dieron la voz de alto, ordenándole a los ocupantes que desciendan del vehículo. Uno de ellos, el conductor L.P., hizo caso omiso a la orden policial. Adelantó unos metros el auto y retrocedió en forma brusca, volviendo a acelerar hacia adelante, dándose a la fuga. Los móviles policiales continuaron la persecución junto a otros que se sumaron. Se efectuaron varios disparos de arma de fuego sobre el vehículo Cherry QQ. Frente a la Seccional 6º, L.P. detuvo su marcha. El acompañante J.C.A.C. no participó de los hechos; sólo se limitó a solicitarle a su compañero que se detuviera.
El Ministerio Público y Fiscal solicitó el procesamiento y prisión de R.A.L.P. como presunto autor responsable por la comisión de un delito de desacato. Se destaca en la vista Fiscal que no puede atribuírsele responsabilidad penal respecto a las lesiones. Asimismo, las amenazas aparentemente realizadas por L. y denunciadas por dos policías no brindan elementos suficientes para imputarle dicho ilícito. La defensa, por su parte, manifestó su oposición a la requisitoria fiscal, pero la magistrada no lo comparte debido al cúmulo probatorio obtenido.
Según consta en el auto de procesamiento, la norma expresa que "...se comete desacato al menoscabar la autoridad de los funcionarios de alguna de las siguientes maneras...2º Por medio de desobediencia abierta, al mandato de los funcionarios..." En el caso, es claro que existe desobediencia a los mandatos de los policías por parte de L.P.
La magistrada dispuso el procesamiento con prisión de R.A.L.P. bajo la imputación de un delito de desacato en calidad de autor de acuerdo al artículo 173 numeral 2 del Código Penal.
En relación con la actuación de los funcionarios intervinientes, la Fiscal pidió el procesamiento de siete de ellos por el delito de abuso innominado de funciones. Ante esto, la defensa de los indagados interpuso excepción de inconstitucionalidad respecto del artículo 162 del Código Penal (que prevé el delito de abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley), obligando a la suspensión de los procedimientos, que deben ser elevados a la Suprema Corte de Justicia para su resolución.