Procesaron con prisión a un hombre que incumplió restricción frente a Juzgado de Familia Especializado
26.03.14, de DICOMI-SCJ.- La Jueza Letrada de Primera Instancia en lo Penal de 19ª Turno, Dra. María Noel Odriozola, resolvió procesar con prisión a un individuo poseedor de antecedentes penales, que el pasado 19 de marzo agredió a su pareja al salir de una audiencia en un Juzgado de Familia Especializado.
El violento episodio tuvo lugar en el entorno de la sede judicial, en circunstancias en que la víctima y sus familiares acompañantes se retiraban del recinto, habiéndose decretado la prohibición al agresor de acercarse a 200 metros de su pareja por el lapso de 120 días. Una vez conocido lo allí resuelto, se desató la reacción del imputado, quien intentó "manotear" a su pareja con el propósito de golpearla, bajo el grito de "yo a vos te agarro cuando quiero, que te pensás que me lo va a impedir un papel". Este incidente fue presenciado, al mismo tiempo por la madre del agresor y por el padrastro de la víctima que la aguardaba a la salida de la audiencia, quienes narraron lo visualizado en declaraciones contradictorias. Parte de lo sucedido fue refrendado por el funcionario policial que cumple servicio "222" en la mencionada sede especializada. Según surge del auto de procesamiento firmado por la magistrada en lo penal, el uniformado relató que efectivamente "entró una mujer a la sede llorando y manifestando que su marido le quería pegar". En el interrogatorio practicado por la Dra. Odriozola, en presencia de su defensa y del representante del Ministerio Público y Fiscal, el imputado negó las agresiones, argumentando que fue el padrastro quien lo insultó a él y que no podía haberle pegado a la mujer porque "tenía la calle de por medio". La magistrada en materia penal actuante acogió la solicitud de la Fiscalía y dispuso el procesamiento con prisión a D.M.L.S., por la comisión de un delito de desacato conjuntamente con un delito de violencia privada. La decisión está amparada en lo dispuesto por los artículos 12, 15 y 16 de la Constitución de la República, artículos 1, 3, 18, 57, 60, 173 y 288 del Código Penal y artículos 125 a 127 y concordantes del Código del Proceso Penal.