Jueza Tonarelli procesó a tres jóvenes por violentar sexualmente a una joven en Chuy y exhibirlo en la redes sociales
29.01.15, de DICOMI- SCJ.- La Jueza Letrada de Primera Instancia del Juzgado Letrado de 1º Turno de Chuy, Dra. María Noel Tonarelli, procesó a tres hombres por distintos delitos vinculados a la agresión sexual sobre una joven y la grabación audiovisual de dichos actos y su posterior exposición a través de las redes sociales.
El día 2 de enero, en horas de la mañana, dos jóvenes mantenían relaciones sexuales en un descampado de Punta del Diablo. Algunas personas pasaron por el lugar y al verlos en forma intermitente debido a la vegetación del lugar, se apuraron a descender de los vehículos en los que viajaban. Advertido de que estas personas se acercaban, el joven que mantenía la relación íntima se abrochó su bermuda y se alejó del lugar, dejando a la chica desprovista de sus ropas.
Los jóvenes B. y F. se acercaron a la joven y la manosearon mientras que A. grababa el hecho con su teléfono móvil. En estas circunstancias la denunciante les pidió por favor que no lo hicieran más, reiterándolo en varias oportunidades. Sin embargo, los jóvenes continuaron y A. le manifestaba que exhibiría las imágenes por Instagram, Twitter, Facebook, WhatsApp, Youtube y Canal 12. Los hechos provocaron la llegada de más gente al lugar y los ahora procesados fueron disuadidos por unos amigos para que abandonasen el descampado. Denunciante y denunciados se encontraban alcoholizados, pero ello no impidió que A. compartiera las imágenes filmadas por WhatsApp y que el material se viralizara rápidamente en las redes sociales.
La magistrada actuante consideró que las imágenes difundidas ofenden el pudor debido a que la joven se encontraba semidesnuda, en el piso, en notorio estado de ebriedad y fue manoseada, resultando en acciones obscenas y atentatorias del pudor y de las buenas costumbres.
Se dispuso el procesamiento sin prisión a L.A.B.B. y con prisión de M.R.F.C. por la presunta comisión de un delito de atentado violento al pudor. En el caso del segundo, se decretó el enjuiciamiento con prisión por entenderse que tenía antecedentes penales. Sin embargo se corroboró dos días después que el delito por el cual fue condenado se había extinguido, disponiéndose su inmediata liberación.
Asimismo, se dispuso el procesamiento sin prisión de R.Y.A.N. por la presunta comisión de un delito de exhibición pornográfica.