Juez Falco procesó a tres personas vinculadas a contrabando en la frontera salteña
05.12.14, de DICOMI-SCJ.- El Juez Letrado de Primera Instancia de Salto de 2º Turno, Dr. Enrique Falco, dictó el procesamiento con prisión de dos hombres y el procesamiento sin prisión de una mujer, por la presunta comisión de delitos vinculados al contrabando de diversos productos de procedencia argentina, fundamentalmente bebidas, comestibles y artículos de tocador.
El pasado 28 de noviembre, en horas de la tarde, personal policial perteneciente a la quinta sección del departamento norteño, que se encontraba realizando un patrullaje de rutina en moto próximo a la rotonda del Puente Internacional de Salto Grande, inspeccionaron un vehículo en sentido de ingreso al país procedente de la República Argentina, el cual permanecía estacionado sobre un costado de la ruta por aparentes fallas técnicas. La revisión practicada dio como resultado que su conductor, único ocupante del vehículo marca Ford, modelo Corcel, carecía de documentos propios y del vehículo. Los agentes se percataron de la existencia de numerosa mercadería de procedencia argentina, adquirida en la ciudad de Concordia, la cual estaba encubierta en diferentes partes del vehículo, escondida entre los asientos, puertas y baúl.
Posteriormente, en la investigación realizada a nivel policial y judicial, se confirmó que el conductor del vehículo de iniciales E.A.F.S. viajó con intención de adquirir la mercadería en la ciudad argentina. Lo hacía en compañía de su padre E.D.F.P. y su hermana L.P., con dinero proporcionado por su cuñado J.D.L.M. para luego comercializarla en diferentes establecimientos salteños. El principal indagado admitió los hechos, declarando que cruzó la frontera en un vehículo a nombre de una tercera persona y le solicitó a un funcionario apostado en el Puesto de Control Integrado de la Aduana que "lo dejase pasar al vecino país para traer mercadería para la venta, ya que estaba en una situación de gran necesidad económica", según consta en el auto de procesamiento. Por su parte, los familiares indagados reconocieron que acompañaron a E.F.S., colaboraron con disimular la mercadería en el vehículo y una vez que el automóvil se quedó varado por desperfectos técnicos, abandonaron el lugar en una camioneta que transitaba por la misma ruta.
El Representante del Ministerio Público y Fiscal solicitó el procesamiento con prisión de E.A.F.S. Y E.D.F.P. como autores de un delito de contrabando; dictando la misma tipificación delictual a L.P. pero sin prisión.
El magistrado actuante, Dr. Enrique Falco, dio recibo al dictamen expresado por el Fiscal, procesando con prisión a E.A.F.S. y E.D.F.P. y sin prisión a la indagada L.F. como presuntos autores penalmente responsables de un delito de contrabando, amparado en los artículos 71, 78, 118, 125, 126 y 176 del Código del Proceso Penal; 7, 12, 15, 16 de la Constitución de la República y art. 60 del Código Penal. El procesamiento sin prisión de L.F. se resolvió con una medida sustitutiva a la privación de libertad, obligándosele a presentarse ante la Seccional Policial correspondiente a su domicilio dos veces por semana por el término de sesenta días.