Joven que organizó tres fiestas contraviniendo medidas sanitarias fue condenado por desacato
Un joven de 21 años que organizó tres fiestas en distintos lugares en clara contravención de las medidas sanitarias vigentes, y desoyendo las intimaciones que se le hicieron a este respecto, fue condenado por dos delitos de desacato en reiteración real, conmutándose su pena por un régimen de libertad a prueba.
De acuerdo con el relato de la Fiscalía, el 15 de noviembre de 2020, en horas de la madrugada, en el balneario Bello Horizonte, personal policial concurrió al lugar en que se hallaban unos 40 vehículos estacionados, así como música con alto volumen y aglomeración de personas. Se constató la presencia de 200 personas en el lugar, sin medidas de protección sanitaria, que tampoco respetaban el distanciamiento social, procediendo a desalojarlas.
Entre los organizadores del evento, se encontraba el imputado M. V. junto a otras personas.
El 20 de setiembre M.V. organizó otra fiesta, en horas de la madrugada en el Fortín de Santa Rosa, con al concurrencia de 150 personas, sin medidas de protección sanitaria, ni respetando el distanciamiento social. En esa oportunidad se le notificó que "debido a las disposiciones que rigen de acuerdo a la situación de emergencia sanitaria a raíz del COVID 19, no se encuentra autorizado la realización de fiestas y eventos donde se produzca aglomeración de personas..”, firmando de conformidad.
El 18 de octubre M.V. organizó una fiesta en Salinas, a la cual concurrieron cincuenta personas, siendo notificado de la misma disposición.
De lo expuesto surge que el imputado desobedeció un mandato legítimo realizado por un funcionario público, procediendo a realizar dos fiestas más luego de ser notificado de la prohibición que pesaba a su respecto, en clara transgresión a la normativa que declara el "estado de emergencia sanitaria por Covid-19” Decreto 93/202, lo que encuadrando en la figura regulada en el art 173 del CP.
El Juez Letrado de Atlántida de 1º Turno, Dr. Marcos Seijas, condenó a M.A.V. como autor penalmente responsable de dos delitos de desacato, en reiteración real, a la pena de doce (12) meses de prisión, sustituyéndose dicha pena por un régimen de libertad a prueba.
Como consecuencia de ello, el penado debe cumplir las siguientes obligaciones:
a) residencia en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por la OSLA, o en quien esta delegue dicha tarea;
b) sujeción a la orientación y vigilancia permanente de dicha oficina;
c) presentación una vez por semana en la seccional policial correspondiente al domicilio que el imputado fijó; y
d) prestar servicios comunitarios, debiendo cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en organizaciones no gubernamentales, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social, dos horas por semana durante el término de un mes.
En la audiencia, el joven pidió disculpas por la conducta que reconoció ante las autoridades del sistema de justicia.