Se judicializó a dos personas que promovieron reuniones en Soriano desconociendo medidas sanitarias

Miércoles, 28 Octubre 2020

Dos hombres que hicieron caso omiso ante sendas órdenes para que cumpliesen con las medidas sanitarias dispuestas por decreto nº 93/2020, debiendo evitar el desarrollo de reuniones que constituyen un riesgo para la transmisión de la enfermedad por COVID-19, quedaron sujetos a procedimientos judiciales en distintas ciudades del departamento de Soriano.
BAJO EL GAZEBO Y CON COLORIDA ILUMINACIÓN
El primer caso ocurrió en la ciudad de Dolores. Según el relato de la Fiscalía, el día 23 de octubre del corriente año, aproximadamente a las 23:30 horas, se recibe un llamado al 911 por el cual se alertó que en una finca de dicha localidad se estaba desarrollando una fiesta con aglomeración de personas. Concurrió al lugar un móvil policial con dos funcionarios, quienes escucharon la música a dos cuadras de distancia. Arribados a la finca, advierten que se había montado un gazebo de grandes dimensiones, con luces de colores. Se entrevistan con el organizador de la reunión, a quien le solicitan el estricto cumplimiento de las medidas sanitarias dispuestas por Decreto N.º 93/2020. El requerido contesta en tono jocoso que no daría por finalizada la fiesta y que la semana anterior había organizado otra y nada había sucedido.
Consultada la Fiscalía actuante, se dispone que se le vuelva a intimar por escrito y bajo firma el estricto cumplimiento de la normativa vigente.
A las 02:30 de la madrugada se vuelve a comunicar a la Fiscalía que la fiesta continuaba en otro lugar, con la presencia de un centenar de asistentes, algunos menores de edad, y consumo de alcohol. Se ordena la detención del responsable. Además, se procedió a identificar a unos veinte concurrentes, produciéndose la dispersión del resto de ellos.
La Jueza Letrada de Dolores de 2º Turno, Dra. Patricia Techera, condenó a G. C. O. como autor penalmente responsable de un delito de desacato agravado, a la pena de 4 meses de prisión, que cumplirá bajo la modalidad del régimen de libertad a prueba, con la imposición de las siguientes condiciones: fijar domicilio en un lugar determinado donde sea posible la supervisión de la OSLA; sujetarse a la orientación y vigilancia de la referida oficina; presentarse en la Seccional Policial de su domicilio una vez por semana y prestar servicios comunitarios.
CIEN JÓVENES ESCUCHANDO MÚSICA Y BEBIENDO ALCOHOL
El segundo caso ocurrió en la ciudad de Mercedes. Relata la Fiscalía que el imputado fue detenido por la Policía el día 24 de octubre del corriente a las 3.59 horas por haber incurrido en el delito de desacato.
Una llamada anónima denunciando una aglomeración de personas en el Club Social y Deportivo Unión de Cardona motivó la presencia de dos funcionarios policiales de la Seccional 11º, quienes constataron la presencia de más de cien jóvenes, algunos menores de edad, bebiendo alcohol y escuchando música.
El imputado, quien tiene a su cargo la cantina de la Institución mencionada, acepta su participación en el hecho, así como el pleno conocimiento de las disposiciones vigentes. Agregó que no organizó ningún tipo de reunión, sino que la misma se produjo de forma espontánea.
La Jueza Letrada de Primera Instancia en lo Penal de Mercedes de 4º Turno, Dra. Ana Fuentes, dispuso la admisión de la solicitud de formalización de la investigación con sujeción al proceso de E.C.P.M. bajo la imputación de un delito de desacato especialmente agravado en calidad de autor.
Atendiendo a la solicitud de Fiscalía y con la finalidad de asegurar la comparecencia del imputado en el proceso, la magistrada dispuso medidas cautelares por un plazo de sesenta días: el deber de fijar domicilio y no modificarlo sin dar previo aviso a la sede; la prohibición de salir del país y la retención de documento de viaje.

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Miércoles, 28 Octubre 2020