Suprema Corte de Justicia reorganiza distribución de competencias en Juzgados de Las Piedras
En atención a la creciente demanda de asuntos vinculados a la leyes de Violencia Doméstica, Violencia hacia la mujer basada en Género y Código de la Niñez y la Adolescencia (C.N.A.), la Suprema Corte de Justicia resolvió redistribuir competencias entre las sedes letradas de 1º, 2º y 7º Turnos de la ciudad de Las Piedras.
Por Acordada nº 8072, de fecha 18 de junio de 2020, se dispuso que "a partir del 1º de julio de 2020 los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Las Piedras de 1º, 2º, y 8º Turnos, comenzarán a conocer asuntos referentes a la Ley nº 17.514 (Violencia Doméstica) y artículo 66 de la Ley nº 17.823 (Código de la Niñez y la Adolescencia), sin perjuicio de su actual competencia. Declárese que la competencia a la que se hace referencia en el inciso anterior incluye a aquellos procesos tramitados por la estructura prevista por los artículos 59 a 70 de la Ley nº 19.580 (Violencia hacia las mujeres basada en género)”.
La decisión fue promovida por la Suprema Corte de Justicia procurando una mayor equidad en la distribución de asuntos para el mejor cumplimiento de la función jurisdiccional. En los considerandos de la mencionada resolución se expresa que “analizada la actividad en los Juzgados Letrados del Interior de la República se advierte que particularmente en la ciudad de Las Piedras han disminuido los asuntos penales y ha venido aumentando paulatinamente la demanda del servicio en referencia a la Ley nº 17.514 (Violencia Doméstica), a la Ley nº 19.580 (Violencia hacia la mujer basada en género) y a situaciones previstas en el art. 66 de la Ley nº 17.823 (Código de la Niñez y la Adolescencia), que actualmente es atendida por tres turnos, que se ven colmados”.