Jueza Ruibal imputó homicidio culposo a conductor por la muerte de peatona en Las Piedras
18.09.14, de DICOMI-SCJ.- La Jueza Letrada de 1º Instancia de 2º Turno de Las Piedras, Dra. Ana Claudia Ruibal, resolvió el procesamiento de un hombre que el fin de semana próximo pasado atropelló a una mujer y su hijo en la referida ciudad, imponiéndole medidas sustitutivas a la prisión como lo solicitó la Fiscalía.
El 14 de setiembre, en horas de la tarde, E.M.C.F. conducía su camioneta por la calle Ituzaingó de Las Piedras. Por la calle Solís caminaba L.V.E.L. junto a su menor hijo S.B.E. al doblar C. por la calle Solís se produjo un accidente de tránsito en la esquina de ésta y Pasteur debido a que el conductor no advirtió la presencia de los peatones caminando por la banquina de esa calle. Los peatones y el conductor venían en igual sentido y dirección por lo que el conductor embistió a la mujer, quien cayó a una cuneta resultando ileso su hijo.
La espirometría realizada al conductor arrojó la cantidad de 0,67 gramos de alcohol por litro de sangre. Surge del auto de procesamiento que el conductor del vehículo no se percató de la existencia de peatones circulando por la calzada por lo que no realizó ninguna maniobra evasiva para evitar la colisión siendo calificado ello como "imprudente y violatorio de reglamentos de tránsito". El conductor detuvo su camioneta e intentó asistir a la víctima pero las lesiones ocasionadas causaron su fallecimiento.
De acuerdo al artículo 314 del Código Penal la culpa supone la voluntaria omisión de la diligencia al calcular las consecuencias posibles y previsibles del propio hecho. La culpa de acuerdo con el Dr. Milton Cairoli en la sentencia 35/02 del Tribunal de Apelación Penal "debe estructurarse con los siguientes elementos (...) El riesgo que implica la acción irrelevante debe ser previsible. Debe tratarse de un resultado representable para el sujeto que cumple el hecho inicial". Las condiciones en las que circuló están causalmente ligadas a las consecuencias ocurridas.
La Representante del Ministerio Público y Fiscal solicitó el enjuiciamiento de E.M.C.F. como presunto autor de un delito de homicidio culposo y que se le impongan medidas sustitutivas a la prisión. La magistrada acogió a la solicitud y dispuso la prohibición de conducir vehículos de cualquier clase y tipo por un término de 12 meses. Se dispuso lo mencionado de acuerdo a los artículo 310, 314 del Código Penal y leyes 15.589, 16.058 y 17.726.