Juez Fogliacco procesó por homicidio y lesiones al conductor que atropelló a dos motonetistas en Maldonado
08.09.14, de DICOMI-SCJ.- El Juez Letrado de 1º Instancia de 2º Turno de Maldonado, Dr. Gerardo Fogliaco, resolvió el procesamiento sin prisión de un hombre que el fin de semana próximo pasado atropelló a dos mujeres que circulaban en moto, una de las cuales falleció a consecuencia del impacto.
El viernes 5 de setiembre, en horas de la tarde, H.F.C.A. conducía su camioneta 4x4 por la calle Venecia y, al llegar a la intersección con 18 de Julio, hizo caso omiso a un cartel de "ceda el paso" que daba preferencia a la segunda calle mencionada. Según H.F.C.A. no vio venir a A.I.L. ni a M.N. que transitaban en una motocicleta por la calle 18 de Julio. El impacto del choque y la consecuente caída hacia el cordón provocó el fallecimiento de A.I.L. y algunas lesiones que inhabilitarán a M.N. por más de 20 días. Según surge del auto de procesamiento, el conductor de la camioneta no obedeció lo mandatado por los artículos 24 y 25 del Reglamento Nacional de Circulación Vial, que establecen la necesidad de conducir con prudencia y atención, con el objetivo de evitar eventuales accidentes, conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo. Asimismo, el artículo 25 establece que el conductor de cualquier vehículo deberá abstenerse de toda conducta que pueda constituir un peligro para la circulación.
El magistrado dispuso el procesamienoo sin prisión por la presunta comisión de un delito de homicidio culposo y un delito de lesiones graves culposas en concurso formal de acuerdo a lo establecidos por los artículos artículos 18, 57, 60, 314, 317 y 321 del Código Penal. Se estableció como medida sustitutiva a la prisión la retención de la libreta de conducir y la prohibición de conducir vehículos automotores por el término de un año.
El artículo 18 del Código Penal establece que el delito se considera culpable cuando con "motivo de ejecutar un hecho en sí mismo jurídicamente indiferente, se deriva un resultado que, pudiendo ser previsto, no lo fue, por imprudencia, impericia, negligencia o violación de leyes o reglamentos".