DGSA comunica que el día 24 de diciembre de 2019 no se computa como hábil
A efectos de responder a las diversas consultas sobre la forma en que debe contabilizarse el día martes 24 de diciembre último al realizar el cómputo de plazos procesales, la Dirección General de los Servicios Administrativos recuerda:
1) Con fecha 9 de diciembre del pasado año la Suprema Corte de Justicia resolvió que el día martes 24 de diciembre las oficinas del Poder Judicial funcionasen en el horario de 9 a 11.
2) Por imperio del artículo 96.1 del CGP los días hábiles para la realización de actos procesales son aquellos en que las oficinas atienden público por horarios no inferiores a cuatro horas.
3) Atendiendo a que el horario de atención al público del 24 de diciembre de 2019 tuvo una duración inferior a las cuatro horas que se requiere para que una jornada de trabajo se compute como hábil, no se contabilizará ese día para el cómputo de plazos procesales.