Suprema Corte reorganiza distribución de competencias en Juzgados de Rivera
La Suprema Corte de Justicia resolvió redistribuir competencias entre las sedes letradas de 1º, 2º y 7º Turnos de la ciudad de Rivera a partir del próximo 1º de noviembre.
Por Acordada nº 8047, de fecha 3 de octubre de 2019, se dispuso que "las sedes letradas de 1º, 2º y 7º turnos del departamento de Rivera, actuarán en lo concerniente al nuevo Código del Proceso Penal, Ley nº 19.293 y modificativas y entenderán hasta su completa terminación en todos los procesos en trámite referido al Código del Proceso Penal 1980, conforme al Decreto- Ley nº 15.032, siendo asimismo competentes para seguir entendiendo en materia de aduana y adolescentes infractores".
En este marco, la Resolución SCJ nº 1169/2019 de fecha 24 de octubre de 2019, reglamentó el procedimiento de distribución de los expedientes en trámite que se encuentren en posesión del Juzgado Letrado de 1º Turno hacia las restantes sedes penales de 2º y 7º Turnos, lo que se realizará mediante un proceso informático desarrollado por División Tecnología y asistido técnicamente por profesionales dependientes de dicha repartición. En consecuencia, y a los efectos de garantizar seguridad jurídica a los operadores y otorgar a la Oficina Actuaria el tiempo mínimo necesario para trasladar los expedientes y reorganizarse de forma que, "una vez puesta en funcionamiento no se desvirtúe el servicio con acciones propias de la redistribución", se decreta la suspensión de los plazos desde el 21 de octubre hasta el 8 de noviembre de 2019, en los expedientes que se tramitan en el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Rivera de 1º Turno y que se distribuirán entre las demás sedes letradas a partir de la entrada en vigencia de las mencionada Acordada.
Asimismo, y por Resolución SCJ nº 1160/2019, de fecha 24 de octubre de 2019, se dispuso declarar días inhábiles para el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Rivera de 1º Turno, los días 21,22 y 23 de octubre de 2019, sin perjuicio de la validez de los actos efectivamente cumplidos.