Jueza De Los Santos dictó seis procesamientos por el delito de tráfico de personas en Salto

01.07.14, de DICOMI-SCJ.- La Jueza Letrada en lo Penal Especializado en Crimen Organizado de 2º Turno, Dra. Adriana De Los Santos, dictó el procesamiento con prisión de seis presuntos involucrados en una operación de tráfico de personas extranjeras en el departamento de Salto.

Hace un tiempo, ciudadanos dominicanos ingresaban a Uruguay por el aeropuerto Internacional de Carrasco, trasladándose luego a Salto en ómnibus de línea, con el fin último de ingresar a la República Argentina de modo ilegal.
Al llegar a la terminal de Salto, eran abordados por taximetristas que luego trasladaban a los ciudadanos a la casa del indagado S. a quien denominadan "el pescador", que se encargaba de llevarlos a la Argentina de manera ilegal. Los mencionados recibían una retribución económica por su participación de la actividad ilícita. S. cruzaba el río Uruguay en una chalana, llevándolos hasta la costa argentina. A su vez los taximetristas, cobraban a los dominicanos montos muy superiores a los correspondientes a un viaje; en general oscilaba entre ochocientos y dos mil pesos o cifras similares en dólares americanos. Además los taximetristas recibían una suma de dinero que les daba S. por cada ciudadano dominicano que trasladaban hasta el domicilio de A.B. donde permanecían hasta que se daban las condiciones para su traslado a Argentina, realizado siempre en horas de la noche. En la finca de A.B. los ciudadanos extranjeros sólo recibían agua.
La indagada B. colaboraba con S. para el egreso de estos ciudadanos del territorio nacional, alcanzando a tener hasta 30 extranjeros en su domicilio, obteniendo un beneficio económico por ello. El indagado S. obtenía de cada extranjero que trasladaba a Argentina, una suma que oscilaba entre U$S 300 (dólares americanos trescientos) y U$S 400 (dólares americanos cuatrocientos), habiendo admitido haber cruzado a más de 30 personas, desde el mes de marzo de este año.
El 28 de junio, E.M.C. Y V.V.A. llegaron a Salto en distintos horarios pertendiendo ingresar a Argentina en forma clandestina debido a que no tenían visa, siendo este el documento exigido a ellos para ingresar al mencionado país. Con el objetivo de obtener un mejor salario, ambos ciudadanos con escasos recursos obtuvieron el dinero para pagarse el traslado mediante ayudas económicas de familiares y amigos, generándoles deudas a ellos. El motivo para venir eran ofertas laborales tentadoras que finalmente no resultaban ser tan convenientes como se había prometido.
El representante del Ministerio Público solicitó el procesamiento con prisión de J.P.S., W.A.F., R.D.F., R.A., M.C. y A.K.B. como autores de un delito continuado de tráfico de personas. El Fiscal adujo además que "atendiendo a la gravedad ontológica de los hechos historiados, que suponen lucrar con la desventura de otros seres humanos, la Fiscalia considera que los enjuiciamientos que pretende deben ser acompañados de la prisión preventiva".
La magistrada actuante se acogió a lo solicitado por el Ministerio Público de acuerdo a lo establecido por los artículos 1, 3, 10, 73, 125, 126 del Código del Proceso Penal; 1, 3, 18, 58 y 60 del Código Penal y artículos 8 y 77 de la Ley 18.250.
La mencionada norma dispone que se considera que alguien comete el delito de tráfico de personas cuando se promueve, gestiona o facilita de "manera ilegal el ingreso o egreso de personas al territorio nacional por los límites fronterizos de la República, con la finalidad de obtener un provecho para sí o para un tercero".

 

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