Jueza Pena procesó a dos militares retirados por abuso contra detenidos durante gobierno de facto
La Jueza Letrada de 1º Instancia de 10º Turno de Maldonado, Dra. Verónica Pena Molina, dispuso el procesamiento con prisión de dos militares retirados por la comisión de delitos de abuso de autoridad contra los detenidos y, en el caso de uno de ellos, en concurrencia con un delito de privación de libertad.
La magistrada desestimó la prescripción de los delitos imputados como lo había solicitado la Defensa. La causa inicia con la formulación de denuncia realizada por Luis Roberto García Píriz "dando cuenta de la situación a la que fue sometido durante el período de dictadura cívico-militar". En tal sentido "expresa que en ese contexto -en el conocido como 'Plan Cóndor'- fue detenido en forma ilegal el 26 de setiembre de 1974, trasladado al Batallón de Ingenieros Número 4, Laguna del Sauce, y sometido allí a tratos crueles e inhumanos - que detalla- no siendo un acto aislado sino en el marco de un ataque sistemático por parte de agentes del Estado".
A continuación se incorporaron denuncias de otras víctimas con similar contenido. "En opinión de la decisora, se ha reunido la semiplena prueba necesaria para iniciar el sumario como solicita la Fiscalía, en esta instancia, por los indagados A.B. y A.E." expresa el fallo.
"En efecto, se recibieron cerca de 28 declaraciones de víctimas que padecieron las detenciones y sufrimientos, apremios físicos y sicológicos a los que fueron sometidos para obtener las declaraciones durante su detención en el ya referido Batallón de Ingenieros N° 4. Los relatos son coincidentes, se trata de testimonios eficaces que dan cuenta de privaciones de libertad por largos períodos de tiempo en el referido Batallón y el sometimiento a tratos crueles, inhumanos y degradantes" agrega el fallo.
"Las pericias siquiátricas forenses constatan y confirma las versiones de las víctimas. El informe médico legal incorporado, describe y detalla- en forma coincidente con las declaraciones recibidas- los padecimientos físicos narrados por las víctimas y se informan las consecuencias".
"Las declaraciones de los indagados, en cuanto niegan los hechos no resiste- en esta instancia inicial- la prueba recolectada, la cual es positiva en cuanto a los hechos inicialmente imputados y participación activa de los indagados, A.B. y P.A., motivos por los que se hará lugar a la solicitud Fiscal de enjuiciamiento, en la forma que se dirá considerando la situación de cada indagado conforme las resultancias de actuaciones" puntualiza la jueza en su resolución.