Juez López condenó al BROU a devolver pagos por aval de Pluna y resarcir daño moral

Martes, 19 Febrero 2019

El Juez Letrado de 1º Instancia en lo Civil de 20º Turno, Dr. Guzmán López Montemurro, amparó parcialmente la demanda de un empresario argentino que contrató con el Banco de la República (BROU) en marzo de 2013 en el marco de la venta de los aviones de la ex empresa Pluna. El magistrado declaró resuelto acuerdo y que no corresponde pago de saldo que pueda quedar pendiente, además de condenar al BROU a pagar las sumas que ya fueron abonadas, más intereses y U$S 15.000 por daño moral. La sentencia también condena al empresario a entregar al BROU "los derechos y acciones que le fueron subrogados" provenientes de la póliza de seguro de caución de la empresa Boston Compañía Argentina de Seguros S.A.
López entendió que "la declaración de inconstitucionalidad resuelta por la SCJ a través de Sentencias Definitivas No 528/2013, 576/2013 y 577/2013, implicaron la nulidad de la subasta y del aval oportunamente otorgado", de donde sigue que "el efecto natural e inevitable de la resolución del contrato es el de reponer las cosas al estado inicial, lo que logra a través de las respectivas restituciones que las partes deben efectuar".
Más adelante el juez sostuvo que "el daño moral surge plenamente acreditado" ya que "al actor se le provocó un daño moral por afectación de su reputación personal y comercial que debe ser reparado sin perjuicio de lo cual se abatirá el monto dinerario solicitado por considerarlo sumamente excesivo".

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Martes, 19 Febrero 2019

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