Jueza Alessandre impuso cautelas solicitadas por la Fiscalía respecto de presunto narco en Lavalleja

Viernes, 11 Enero 2019

Bajo el título “Asesor de Bonomi: se están permitiendo a nivel judicial espacios de impunidad al crimen organizado”, diario El Observador publicó un artículo en el que da cuenta de la supuesta indignación e incredulidad del Director de Convivencia y Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior respecto de una resolución de la Justicia de Lavalleja por la que se dispuso la medida cautelar de 120 días de prisión domiciliaria para J.M.A., a quien sindica como líder de una banda de narcotraficantes.
Las normas vigentes establecen que el juez no escoge las medidas cautelares que se imponen al imputado, sino que resuelve según la solicitud planteada por la Fiscalía;
Durante la audiencia celebrada el día 9 de enero del corriente, bajo la dirección de la Jueza Letrada de Lavalleja, Dra. Natalia Alessandre (actuando en su calidad de jueza de Feria), la Fiscal Letrado de 2º Turno de Lavalleja, Dra. Gabriela Sierra, pidió el arresto domiciliario de J.M.A. por el período de 120 días argumentando que todavía no se había “llegado a un acuerdo” con el imputado, y atendiendo a su “calidad de reincidente”, así como a su “dolencia” (discapacidad motriz), con lo cual pretendía “asegurar la comparecencia a juicio” invocando para ello el art. 221 literal i del Código de Proceso Penal (CPP).
La defensora Dra. Karen Pintos no se opuso a la medida solicitado, requiriendo a su vez que se valore la situación sanitaria de J.M.A. ante la eventualidad de que recaiga una pena de privación de libertad, requiriendo para el caso que la misma consista en prisión domiciliaria. Asimismo, se pidió a la magistrada actuante que autorizara a J.M.A. para que pueda viajar tres veces por semana a una clínica de Maldonado en la que se está realizando tratamiento. Habiendo dado traslado a la Fiscalía, la Dra. Serra adelantó su conformidad condicionándola a que pueda demostrarse la necesidad y periodicidad del referido tratamiento.
Respecto del imputado P.G.V. y con igual finalidad, la Fiscal Sierra pidió que se ordenara su presentación, una vez por semana, a la seccional policial de su domicilio durante 120 días, invocando el art. 221 lit. c del CPP.
La magistrada actuante acogió las peticiones realizadas por la Fiscalía, dejando expresa constancia de que no hubo oposición de la Defensa.

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Viernes, 11 Enero 2019

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