Juez Da Costa procesó a la madre de alumno de la Escuela 130 por agresión a su directora
16.07.14, de DICOMI-SCJ.- El Juez Letrado de 1º Instancia en lo Penal de 13º Turno, Dr. Homero Da Costa, resolvió procesar sin prisión a la madre de alumno en edad escolar que habría golpeado a la directora de la Escuela 130 hace algunos días.
El pasado 15 de julio, F.V.L.S. concurrió al centro escolar al que asistía su hijo a solicitud de las autoridades del mismo, pues algunos hechos de notoria conflictividad protagonizados por el niño aquella mañana, habrían provocado la necesidad de los servicios de una emergencia médica. La directora de la Escuela, S.V., intentó poner a la madre del menor en conocimiento de los hechos pero se produjo un desacuerdo entre ambas debido a la existencia o carencia de un informe psiquiátrico en la historia clínica del niño. En esas circunstancias L.S. le propinó un golpe de puño en el rostro a la docente. En el informe forense de autos, surge que las lesiones generadas no fueron cometidas con intenciones homicidas, pero le suponen a la docente la imposibilidad de atender sus asuntos por un término menor a veinte días.
En mérito de lo expuesto y a solicitud del representante del Ministerio Público y Fiscal, se dispuso el enjuiciamiento sin prisión de L.S. por la presunta comisión de un delito de lesiones personales, quien deberá afianzar su libertad mediante la constitución de caución juratoria de mantener un comportamiento adecuado.
La resolución se ampara en la normativa de los artículos 15 y 16 de la Constitución de la República; 69, 72, 73, 118, 119, 125, 126, 216, 217 y 304 del Código de Proceso Penal; artículo 1 de las leyes 15.859 y 16.058 y artículo 2 de la ley 17.726 y art. 316 y 322 del Código Penal.
El artículo 316 del mencionado Código castiga a quien "sin intención de matar causare a alguna persona una lesión personal", entendiéndose por lesión personal "cualquier trastorno fisiológico del cual se derive una enfermedad del cuerpo o de la mente".