Juez Saravia procesó con prisión al conductor de camión cisterna que embistió y mató a peatón
25.04.14, de DICOMI- SCJ.- El titular del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 3º turno, Dr. Ruben Saravia Garagorry, resolvió procesar con prisión al conductor del camión cisterna destinado al transporte de combustibles, que el pasado lunes 21 protagonizó un accidente fatal en el Barrio Bella Vista.
Esa tarde, próximo a las 19:20 horas, el conductor indagado circulaba por la calle San Martín; al llegar a la intersección con la avenida Agraciada detuvo el vehículo esperando la habilitación del semáforo allí instalado a fin de doblar a su derecha y continuar su trayecto por la mencionada avenida. En dicho cruce, se encontraba la joven A.S.F., quien pretendía cruzar caminando y que resultó embestida por el camión, que una vez habilitado, realizó la maniobra sin respetar la preferencia peatonal de cruce. En consecuencia, la victima fue "arrastrada" por aproximadamente siete metros (puesto que el camión continúo su ruta), ocasionándose su muerte en el lugar.
Del auto de procesamiento firmado por el magistrado, surge que el conductor del camión "conocía la zona, teniendo conocimiento que habitualmente existe un tránsito fluído, tanto de vehículos como de personas, y que en la oportunidad prestó especial atención a las personas que venían por la izquierda, no efectuando la misma diligencia para su derecha, donde pretendía cruzar la mencionada víctima, con las consecuencias que ello ocasionó". El Dr. Saravia reunió elementos de convicción suficientes que le permiten decretar el procesamiento con prisión por la comisión de un delito de homicidio culpable, atento a lo dispuesto en los artículos 18, 60 y 314 del Código Penal. Precisamente, el artículo 18 de ese cuerpo normativo, define el régimen de la culpabilidad. Por tanto, atendiendo a la presunta imprudencia con la que procedió el conductor, el magistrado interpretó que "en efecto el accidente no hubiera ocurrido y por tanto la muerte no se hubiera producido de no haber existido una conducta imprudente y violatoria de las leyes o reglamentos por parte del indagado. Existió violación del reglamento nacional de circulación vial al no respetar la preferencia de cruce del peatón, provocando como resultado la muerte de dicha persona".