Jueza de los Santos procesó a 3 ex directivos de Pluna y un notario que falseó documentación del remate
21.12.13, de DICOMI-SCJ.- La Jueza Letrada de 1º Instancia en lo Penal Especializado de Crimen Organizado de 2º Turno, Dra. Adriana de los Santos, dictó el procesamiento con prisión de tres personas que se desempeñaron como directivos de la empresa Pluna S.A. por su vinculación con hechos de apariencia delictiva en la gestión de la mencionada aerolínea, así como el procesamiento sin prisión de un notario por certificación falsa en oportunidad del remate de siete aeronaves de la empresa fallida.
El Fiscal Letrado Nacional en lo Penal Especializado en Crimen Organizado de 2º Turno, Dr. Juan Bautista Gómez, también había solicitado el procesamiento con prisión de los jerarcas públicos F.L. (Ministro de Economía) y F. C. (Presidente del Banco de la República) por el delito de "abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley", trámite que quedó en suspenso cuando sus defensores interpusieron el recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 162 del Código Penal que establece la existencia dicha figura delictiva. Dicho recurso deberá ser resuelto por la Suprema Corte de Justicia en los meses venideros.
La decisión judicial fue el resultado de un arduo y continuo trabajo de investigación llevado adelante por la Justicia Especializada en Crimen Organizado durante un año y medio.
La jueza prorrogó la expresión de fundamentos por el plazo de 48 horas facultado por la normativa vigente.
En su dictamen, refiriendo a la conducta de los tres empresarios privados procesados, el Fiscal Gómez expresó que "...emerge ampliamente probado en autos que la finalidad de los indagados siempre fue la de tomar una empresa con dificultades como lo era Pluna, mejorarla y de inmediato vender su participación, obteniendo de tal forma pingües beneficios". Y más adelante añadió que "para conseguir tal objetivo era necesario presentar balances que no correspondían a la realidad, hacerlos tardíamente, retacear la información a los directores públicos y contratar consultas con especialistas que reflejaban visiones parciales, siempre beneficiosas a los intereses de los indagados, como las realizadas por el Dr. Ricardo Olivera en el mes de abril de 2011".
Asimismo, señaló Gómez: "huelga decir que el principal perjudicado de todas esas maniobras no puede ser otro que el Estado Uruguayo que debe hacer frente a las obligaciones respecto a las que figura como garante, atender al conjunto de funcionarios de Pluna, solventar los gastos de mantenimiento de las aeronaves, además de, en forma indirecta, de un gran número de trabajadores, que por consecuencia perdieron su fuente de trabajo, proyectando un grave perjuicio a la propia sociedad uruguaya considerada en forma particular".
En relación al Ministro de Economía cuyo procesamiento solicitó a la magistrada actuante, el Fiscal Gómez argumentó que "abusando del poder funcional que le confiere su posición institucional, arbitrariamente operó como garante verbal de una aerolínea privada extranjera, que no cumplía en tiempo y forma con los requisitos exigidos por la normativa vigente y se encontraba entre otros interesados en participar en el remate de las siete aeronaves de la ex Pluna".
En cuanto a la actuación del Presidente del Banco de la República, dijo que "aceptando esta situación irregular, instruyó al personal subordinado a efectos de conceder indebidamente el cuestionado aval, sin la información necesaria, permitiendo que en definitiva, Cosmo S.L. fuera el único mejor postor".