Cuatro personas fueron condenadas por agredir moral y físicamente a un afrodescendiente
22.06.18, de DICOMI-SCJ.- La Jueza Letrada en lo Penal de 38º Turno, Dra. Graciela Eustachio, condenó con prisión por la vía de juicio abreviado a cuatro empleados de una estación de servicio que agredieron física y psicológicamente a un hombre discapacitado por su condición racial y religiosa.
La denuncia fue realizada por el dueño de la estación de servicio donde trabajaban los indagados y la víctima, cuando recibió a través de redes sociales dos videos que muestran las agresiones que recibió M.Z. por parte de sus compañeros dentro del local.
En una de las grabaciones se puede ver como C.L. ata las manos de M. para inmovilizarlo y le pega una cinta aisladora en su cabeza con forma de cruz.
Mientras tanto, el indagado D.U. le propina varias cachetadas y lo toma del cuello. Durante más de cinco minutos, ambos insultaron a M. y lo amenazaron, refiriéndose a él como “este negro”.
El segundo archivo muestra a M. en el depósito de la estación con las piernas y brazos abiertos amarrados en forma de cruz. Allí se puede ver a L. que habla con la víctima y le canta canciones de “Jesucristo”.
Al mismo tiempo, R.P. y S.A. lo agreden físicamente en reiteradas ocasiones mientras se ríen. En determinado momento, P. mira la cámara, saluda a su primo de España y le dice “así tratamos a los negros en Uruguay”.
Según surge de las actuaciones, la víctima es afrodescendiente y trabaja en el lugar desde hace cuatro años. Asimismo, se supo que percibe una pensión por discapacidad intelectual a través del Banco de Previsión Social (BPS).
La fiscal del caso Dra. Mirta Morales solicitó la condena de D.U, R.P. y S.A. como autores de un delito de violencia privada especialmente agravado en concurso formal con un delito de comisión de actos de odio, desprecio o violencia hacia determinadas personas a la pena de cuatro meses de prisión.
En el caso del imputado C.L. la condena sería de seis meses de prisión por la doble comisión de los mismos delitos, ya que este participó de las agresiones en dos oportunidades.
En presencia de su defensa, los indagados asumieron la responsabilidad y acordaron la realización de un juicio abreviado.
La magistrada hizo lugar al pedido de la Fiscalía, la cual fue sustituida en su totalidad por un régimen de libertad vigilada, con obligación de todos los involucrados de residir en un lugar determinado y bajo la supervisión de la Oficina de Supervisión de Libertad Asistida (OSLA) por el período establecido con descuento de la detención sufrida.