TAF 2° Turno revocó sentencia que había dispuesto la restitución de 8 menores a Chile
El Tribunal de Apelaciones de Familia de 2º Turno resolvió, por unanimidad, revocar la sentencia de primera instancia dictada por la Jueza María Rosa Silva, que dispuso la restitución de ocho menores a la República de Chile, quienes llegaron a Uruguay con su madre con la intención de radicarse en el país.
En la resolución dictada por la Jueza Letrada de Primera Instancia de Familia de 1er Turno, se informa que la Sra. N. llegó al país con un permiso firmado por el padre de los menores, que establecía la permanencia de los mismos entre el 2 y el 27 de noviembre de 2017.
El motivo del viaje era concurrir a una fiesta familiar, pero a pocos días de llegar a Uruguay, la madre de los niños comenzó a realizar una serie de trámites con la finalidad de establecerse en el país.
Ante la posibilidad de que el Señor R. realizara un reclamo internacional, la mujer tramitó los documentos de identidad uruguayos de los niños, los inscribió en escuelas, liceos y centros educativos, consiguió un empleo y les brindó asistencia médica. Todo ello sin obtener la autorización de su ex pareja.
Por su parte, el Tribunal de Apelaciones consideró que, en primera instancia, no se tomó en cuenta ni se ponderó “la posibilidad de otorgarles a dichos menores el desarrollar su vida sin violencia, sin limitaciones y sin incertidumbre”.
La Sala recordó que, a pesar que el Señor R. solicitó la restitución de sus hijos, no tiene trabajo estable y no cumple con la manutención de los mismos.
Asimismo, indicó que, “si bien la residencia habitual y el centro de vida de los niños estaba en Chile, la decisión de radicarse en Uruguay era de cabal conocimiento del requirente, pues su accionar no se condice con su pretensión. Y luego que se asume que su esposa permanecerá en Uruguay, propone incluso un régimen de visitas para las fiestas y las bases de un acuerdo ante la nueva realidad”.
Por otra parte, el Tribunal expresó que de mantener la restitución se generaría en los niños daños importantes desde el punto de vista psicológico y emocional. “No debe ser la Justicia la que les deniegue a estos niños la posibilidad de encontrar otra forma de vida, y que no defienda su interés superior debidamente, y la que, frente a una separación tan conflictiva, elija el mal mayor, basándose en la defensa del derecho objetivo, perdiendo de vista lo realmente importante en la vida de estos chicos”.