Jueza Larrieu desestima clausura por prescripción de la causa por homicidio de Norma Cedrés
19.04.13.- La Jueza Letrada de 1º Instancia en lo Penal de 7º Turno, Dra. Beatriz Larrieu, desestimó una solicitud para clausurar por prescripción la causa iniciada en 2003 contra los mandos civiles, militares y policiales que pudieran estar implicados en la detención, tortura y posible homicidio de Norma Cedrés, hechos que habrían ocurrido entre los años 1975 y 1978.
Larrieu ocupa el cargo que dejó vacante la Dra. Mariana Mota desde el 14 de febrero último, tiempo en que ambas magistradas fueron trasladadas junto a otros trece colegas por la Suprema Corte de Justicia en el marco de las competencias asignadas al máximo órgano judicial por el art. 239 de la Constitución de la República y la Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales nº 15.750. Hasta ese momento Larrieu se había desempeñado como Jueza Letrada suplente de la capital del país.
En su resolución la Dra. Larrieu sostuvo que "el cómputo del plazo prescripcional debe iniciarse en el año 2009 desde que no corresponde tener en cuenta el tiempo de ruptura institucional ni el lapso de vigencia de la ley nº 15.848 hasta su declaración de inconstitucionalidad por constituir dicha norma un impedimento para la investigación de los hechos". Agrega la magistrada que "fue a partir de esa fecha que por la vía de declaración de inconstitucionalidad de la ley en cada caso, se pudieron iniciar las correspondientes investigaciones judiciales".
Citando a la CIDH la jueza consideró que la Ley No. 15.848 "sirvió para clausurar todos los juicios criminales por violaciones de los derechos humanos, cerrando toda posibilidad jurídica de una investigación judicial destinada a comprobar los delitos denunciados e identificar a sus autores, cómplices o encubridores". Y fue en ese marco que esta misma norma "afectó los derechos de numerosas personas (concretamente, las víctimas, familiares o damnificados por las violaciones de derechos humanos mencionadas) que han visto frustrado su derecho a un recurso, a una investigación judicial imparcial y exhaustiva que esclarezca los hechos, determine sus responsables e imponga las sanciones penales correspondientes" a tal punto que "las consecuencias jurídicas de la Ley respecto del derecho a garantías judiciales son incompatibles con la Convención Americana de Derechos Humanos".