Jueza Rodríguez apercibió a Canal 4 por vulnerar derecho de dos niñas en programa periodístico
La Jueza Letrada en lo Civil de 19º Turno, Dra. Gabriela Rodríguez Marichal, apercibió a la empresa de comunicaciones Monte Carlo TV S.A. por vulnerar los derechos a la privacidad y a la imagen de dos niñas cuyos testimonios se difundieron en un programa conducido por el periodista Ignacio Álvarez.
En su fallo, la jueza dijo que aún si no se hubiera producido la identificación de las niñas cuyos testimonios se ventilaron en el programa Santo y Seña emitido por Canal 4 “igualmente se vulneró el derecho a la privacidad y a la intimidad de la vida que las niñas tenían y tienen, al difundirse públicamente cuestiones esencialmente privadas con la agravante de que esa difusión se realizó emitiendo testimonios directamente emanados de las víctimas, vulnerándose también su derecho a la imagen al exponerse sus figuras sin consentimiento alguno, contraviniéndose de esa forma lo dispuesto en el artículo 31 de la ley 19.307”.
Para explicar el alcance del mencionado artículo 31 de la ley 19.307 la jueza acude a una cita del Dr. Gustavo Mirabal Bentos, quien señala que “la norma alude a los derechos de la personalidad de índole moral: el derecho a la privacidad (o intimidad) y el derecho a la imagen”.
Y se añade más adelante: aun cuando se entiende y comprende que “todo informe periodístico debe cumplir con un criterio de verdad…” (Claudio Romanoff, a fojas 779 vuelto) y que “nada puede equipararse al valor del testimonio directo de una víctima. Con todos los detalles, matices y lenguaje propio de la misma…” (Ignacio Álvarez, a fojas 781 vuelto), en el caso, al emitirse el testimonio y la imagen de dos niñas se vulneró el derecho a la privacidad de la vida de las mismas y su derecho a la imagen”.
“Finalmente, resulta irrelevante a los efectos de este proceso la circunstancia de que el trabajo periodístico realizado haya conseguido que cesara el abuso al que venían siendo sometidas las niñas” subraya la magistrada.