Fiscal Rodríguez dedujo acusación en causa de enfermeros imputados por múltiples homicidios

24.07.13, de DICOMI-SCJ.- El Fiscal Letrado en lo Penal de la Capital de 3º Turno, Dr. Gilberto Rodríguez, dedujo acusación en la causa por la cual se investiga a dos enfermeros por la comisión de múltiples homicidios de pacientes críticos internados en un hospital público y una mutualista de Montevideo.

Además, Rodríguez solicitó a la Jueza Letrada de 1º Instancia en lo Penal de 10º Turno, Dra. Dolores Sánchez, que condene a una tercera enfermera por encubrimiento, atendiendo a que conocía los hechos delictivos investigados.
Deducida la acusación, corresponde dar traslado a los defensores de los imputados, quienes podrán hacer sus respectivos descargos en el plazo de 30 días, pudiendo incluso requerir la apertura de la causa a prueba por otros 30 días más (arts. 240 y sgtes. del CPP).
Vencido el término de la prueba, la Jueza mandará alegar al Ministerio Público (Fiscal Rodríguez) y a los defensores de los encausados (abogados de los enfermeros) con plazo de 15 días.
Una vez contestada la acusación o vencidos los términos para las alegaciones el expediente se pondrá al despacho de la jueza de la causa para el dictado de sentencia definitiva en un plazo de 90 días (art. 90 lit. A del C.P.P.)
La requisitoria del Fiscal Rodríguez es la siguiente:
1) Condena para M. A. P. G. como autor penalmente responsable de reiterados delitos de homicidio especialmente agravados por la premeditación en grado de tentativa, imponiéndosele una pena de 16 (dieciséis) años de penitenciaría, con descuento de la preventiva que cumple y de su cargo las prestaciones accesorias de estilo.

2) Condena para J. A. A. A. como autor penalmente responsable de reiterados delitos de homicidio especialmente agravados por la premeditación en grado de tentativa, imponiéndosele una pena de 14 (catorce) años de penitenciaría, con descuento de la preventiva que cumple y de su cargo las prestaciones accesorias de estilo.

3) Condene para A. F. A. T. por la comisión por omisión de un delito de encubrimiento a título de dolo eventual, imponiéndole una pena de 24 (veinticuatro) meses de prisión, con descuento de la preventiva que cumpla y de su cargo las prestaciones accesorias de estilo.



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