Suprema Corte liberó a 74 procesados en visita anual de cárceles de Montevideo

Jueves, 11 Octubre 2012

11.10.12, de DICOMI-SCJ.- La Suprema Corte de Justicia liberó a un total de 74 procesados durante la Visita Anual de Cárceles en Montevideo correspondiente al presente año. Se negaron 137 solicitudes de excarcelación y en 18 casos se entendió necesario llevarlas al Acuerdo (reunión de los Ministros de la Corporación para estudiar cada asunto en profundidad).

La Visita Anual de Cárceles de Montevideo dio comienzo el pasado martes 2 de octubre y comprendió a personas recluidas en Cárcel Central, La Tablada, Centro de Reclusión Femenino, Comcar, Libertad y Centro nº 2. Con excepción del Presidente de la Corporación (Dr. Daniel Gutiérrez), que tradicionalmente está eximido de participar de las visitas, los restantes se organizaron en dos mesas conformadas por dos Ministros cada uno a efectos de recorrer los mencionados establecimientos.
Conforme con los fundamentos de la Acordada nº 7506 estuvieron impedidos de participar de la Visita de Cárceles (y por tanto su situación será analizada en la Visita de Causas) los reclusos que se encuentran en las siguientes condiciones:
a) Procesados reincidentes y habituales, si estas agravantes estuvieran referidas a delitos que hubieren violado el mismo bien jurídico.
b) Procesados a quienes se hubiera negado la libertad provisional por gracia (art. 17 Ley nº 17.726) con posterioridad al 29 de junio de 2012 inclusive.
c) Procesados por delitos sancionados con mínimo de penitenciaría, cuya preventiva sea inferior a la mitad del mínimo establecido para ese delito.
d) Procesados que no hayan cumplido la mitad de la pena requerida en la Acusación.
e) Procesados con sentencia condenatoria de primera o segunda instancia que no hayan cumplido los dos tercios de la pena impuesta.
f) Procesados que hayan sido trasladados de un Establecimiento a otro dentro de Montevideo, o desde Establecimientos de Reclusión del Interior a Cárceles de Montevideo o al Penal de Libertad, con posterioridad al 14 de setiembre de 2012, o procesados que hubieren participado en la Vista de Cárceles correspondiente del Litoral e Interior del país.
En todos los casos, el cómputo será referido al día fijado para la iniciación de la Visita.

17112 vistas
Viernes, 05 Enero 2018

Descargar material adjunto