Juez Núñez dispuso archivo de denuncia contra integrantes del MLN-T

07.08.12.- Conforme al dictamen del Fiscal Letrado Departamental, Dr. Pablo Rivas Vignolo, el Juez Letrado de 1º Instancia de Pando de 1º Turno, Dr. Gerardo Núñez, dispuso el archivo de la denuncia penal por crímenes de guerra (homicidio intencional de Carlos Burgueño, toma de rehenes y ataque intencional) instaurada respecto del Movimiento de Liberación Nacional Tupamaros (MLN-T).

Rivas sostuvo que los sucesos denunciados no podían ser alcanzados por las previsiones de la ley nº 18.026 de 25/09/2006 (Cooperación con la Corte Penal Internacional en materia de Lucha contra el Genocidio, los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad). La norma no existía al momento de ocurrencia de los hechos y no puede aplicarse en forma retroactiva, pues ello resultaría en franca vulneración del art. 15 inc. 1 del Código Penal y de los pilares básicos en que se fundan los principios que rigen el Derecho Penal. Cita también el Pacto de San José de Costa Rica (ley nº 15.737 de nuestro país) que literalmente expresa: "Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho aplicable".
El Fiscal admitió compartir la posición mayoritaria de los Tribunales según la cual el plazo para computar la prescripción comienza a contarse a partir del 1º de marzo de 1985, porque en el período dictatorial no regían las garantías para la promoción de esa clase de denuncias. Por consiguiente, tomando como punto de partida la mencionada fecha y contando hasta la presentación de la denuncia penal (16/08/12) transcurrieron 27 años, cinco meses y quince días. De ello se concluye que los delitos se encontraría prescriptos.
Finalmente, Rivas hace mención a que las personas contra las cuales se dirige la denuncia de autos, fueron beneficiadas con el instituto de la Amnistía previsto por el art. 1º de la ley 15.737 de 8 de marzo de 1985, que establece textualmente: "Decrétase la amnistía de todos los delitos políticos, comunes y militares conexos con éstos, cometidos a partir del 1º de enero de 1962".
Por todo lo expuesto, el Fiscal Letrado Departamental solicitó que no se diera curso a la demanda impetrada.


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