Jueza Rieiro dispuso el procesamiento sin prisión de nueve jugadores de fútbol
24.01.14, de DICOMI- SCJ. La jueza Blanca Rieiro, titular del Juzgado Letrado en lo Penal de 9° Turno, dispuso el procesamiento sin prisión de los jugadores de fútbol que participaron de un violento enfrentamiento en el marco del encuentro clásico entre Nacional y Peñarol que tuvo lugar el pasado 20 de enero en el estadio Centenario.
Durante el segundo tiempo del encuentro el capitán del equipo del Club Nacional le solicitó al árbitro que tomara medidas por la falta que había cometido un jugador del equipo contrario. Esa situación generó una reyerta generalizada en la que participaron suplentes de ambos equipos.
El fiscal Gustavo Zubía solicitó el procesamiento de F.E., J.S., C.N., S.G., H.A., L.B., I.G., W.A., D.T., A.S. y J.R. además del procesamiento con prisión de E., S., N., G., A., B., S. y A. La jueza Rieiro no hizo lugar a esto último por entender que la prisión preventiva “debe aplicarse en aquellos casos en que el encausado pueda sustraerse a la Justicia, obstaculizar el diligenciamiento de prueba, intimidar a testigos”. La magistrada consideró que no están dadas las condiciones para que ello pueda suceder.
La jueza les tipificó el delito de riña en espectáculo público en calidad de autores, disponiendo el procesamiento sin prisión de los mencionados jugadores y la libertad de A.S. y J.R. Como medida sustitutiva de la prisión, les impuso la prohibición de concurrir a eventos deportivos de cualquier tipo por el término de dos meses a partir del 23 de enero.
El artículo 323 bis del Código Penal considera autor del delito en cuestión al que "con motivo o en ocasión de una competencia deportiva u otro espectáculo público que tuviera por objeto recreación o esparcimiento, durante su desarrollo o al ingresar o retirarse del mismo, participare (...) o compeliere a participar en ella, la dirigiere o la propiciare”.