Juez Fernández Lecchini procesó a un hombre por amenazas telefónicas en el marco de diferendo sindical
05.02.15, de DICOMI-SCJ.- El Juez Letrado de 1º Instancia en lo Penal de Turno, Dr. Juan Carlos Fernández Lecchini, dictó el procesamiento de un hombre por presumir que fue el autor de las llamadas telefónicas por las cuales se amenazó de muerte a otro hombre con quien mantenía diferencias por motivos sindicales.
Las amenazas y la violencia moral tenían por objeto que la víctima retirara la denuncia que había hecho tras recibir una golpiza el día anterior. Además, se pretendía de este modo asegurar que "carneros" como él se atuvieran a las consecuencias y supieran lo que les pasaría.
Como medida sustitutiva de la prisión, Fernández Lecchini impuso al procesado la obligación de cumplir trabajos comunitarios por 90 días, así como la prohibición de comunicarse con el denunciante o de acercarse a su casa en un radio menor a los 200 metros.
El magistrado entendió que la conducta del imputado encuadra en la disposición del artículo 288 del Código Penal (delito de violencia privada), puesto que las amenazas fueron proferidas con el propósito de lograr que el sujeto pasivo hiciera una cosa (retirara la denuncia) o no hiciera alguna cosa (no hiciera la denuncia y acatara los paros en el futuro).