8 procesados en Río Negro por usar combustible de vehículos municipales en provecho propio
17.08.16, de DICOMI-SCJ.- La Jueza de Paz Departamental de Young, Dra. Lourdes Calcerrada, determinó el procesamiento de ocho personas implicadas en maniobras para apropiarse de combustible destinado a vehículos de la Intendencia Departamental de Río Negro. Lo utilizaban para consumo propio y para la venta a terceros.
Según surge de las actuaciones, el indagado E. R. se encontraba prestando funciones como chofer para la Intendencia de Río Negro, cuando fue visto por efectivos policiales llegando a su domicilio en un camión de donde bajó un bidón de plástico conteniendo 20 litros de gasoil aproximadamente. Según confesó, planeaba utilizarlo en su vehículo particular.
Por otra parte, mientras la cuadrilla de la Intendencia se aprontaba para irse del campamento instalado en Pueblo Mellizos, D. C. le pidió al capataz M. F. que le llevara un bidón con gasoil. El traslado fue realizado en el camión de R., aún sabiendo su origen ilícito. Al llegar a Fray Bentos, éste fue al domicilio de F. donde descargó tres bidones con combustibles: nafta, nafta y aceite, y gasoil.
Del mismo modo, J. P. R., J. V., N. P. y S. G., también extrajeron combustible, en varias oportunidades, de las máquinas de la Intendencia con las que trabajaban. Todos ellos lo hacían con fines comerciales. Asimismo, el indagado J. G. confesó haber comprado gasoil a funcionarios municipales en tres oportunidades.
La magistrada les imputó el delito del artículo 153 del Código Penal que establece “el funcionario público que se apropiare el dinero o las cosas muebles, de que estuviere en posesión por razón de su cargo, pertenecientes al Estado o a los particulares, en beneficio propio o ajeno, será castigado con un año de prisión a seis de penitenciaría y con una inhabilitación especial de dos a seis años”.
Los ocho indagados fueron procesados sin prisión por delitos de peculado. Además imputó encubrimiento a dos de ellos (E.M.R.E. y M.A.F.L.) y a uno más el delito de receptación (J.A.G.B.). A todos ellos se le impuso como medida sustitutiva a la prisión, la obligación de presentarse en la seccional correspondiente, dos veces a la semana durante una o dos horas, según el indagado, por un período de 60 días.