127/2023 - Acordada nº 8188 - Deroga Lit. A) art. 2 Acordada nº 8028
Deroga Lit. A) art. 2 Acordada nº 8.028
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA RESUELVE:
1º.- Derogar el literal a del art. 2 de la Acordada N* 8028.
2º.- Se recuerda a los Señores Magistrados que en los casos en que se imponga la
utilización de dispositivos de monitoreo electrónico, resulta imperativo el
cumplimiento de las normas procesales aplicables, en particular, la celebración de las
audiencias previstas por la legislación.
3º.- Comuníquese, circúlese y publíquese en la página web del Poder Judicial.