062/2023 - Acordada nº 8167 - modificación de la Acordada nº 7927
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
RESUELVE:
1°.- Modificar los artículos 2, 4, 5, 6, 7 y 9 de la Acordada n° 7927 de fecha 27 de
setiembre de 2017, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
“2º- La OPEC dependerá jerárquicamente de Dirección de Cordinación de
Oficinas y Servicios.”
“4º.- GESTIÓN DE LA OPEC — La administración de la OPEC será
ejercida por un Escribano o Abogado perteneciente al escalafón II,
designado por la Suprema Corte de Justicia. Las atribuciones y
responsabilidades de este profesional serán:
a) Proponer los criterios de gestión y la distribución del personal
para asistir a la función jurisdiccional de los Jueces.
b) Coordinar y elaborar prácticas de apoyo administrativo al trabajo
Jurisdiccional que sean comunes para todos los jueces, propendiendo
a la estandarización de procesos.
c) Garantizar la asignación y distribución de los expedientes
judiciales y requerimientos jurisdiccionales a los Jueces,
contemplando una carga de trabajo razonable y equitativa, la cual
será dada por el Sistema de Ingresos y Distribución de Expedientes
Penales.
d) Dirigir a los Subdirectores de Departamento, Actuarios Adjuntos,
funcionarios administrativos y auxiliares de la OPEC.
El ejercicio de esta competencia comprende:
i) Ser autoridad de aplicación del reglamento.
ii) Proponer y coordinar proyectos de capacitación a través del
Sector Capacitación de División Recursos Humanos del Poder
Judicial.
iii) Colaborar con la Suprema Corte de Justicia a través de la
División Recursos Humanos en el proceso de selección del
personal de la OPEC.
iv) Coordinar a través de las distintas secciones, las licencias del
personal, comunicándolo a Recursos Humanos. (se coordinará
con los distintos Directores de los sectores, procurando respetar el
régimen de turnos previamente aprobado y asegurando que se
provea el servicio en horarios y días no hábiles).
v) Realizar el cronograma de turnos de funcionarios para
desempeñar las tareas en horarios y días no hábiles.
e) Representar a la OPEC ante todo otro organismo público o
privado relacionado con la administración de la Justicia Penal.
Coordinar toda acción que permita el buen desenvolvimiento de la
función jurisdiccional. Procurará un buen relacionamiento
administrativo con las respectivas oficinas del Ministerio Público, la
Defensoría Penal y los abogados que ejerzan en forma particular.
f) Adecuar los procesos de trabajo interno, debiendo propenderse a
la estandarización de los mismos, estableciendo procedimientos
internos únicos, claros y uniformes.
g) Realizar, en general, todos los demás actos y gestiones necesarias
para dar cumplimiento con eficacia a la reglamentación que rija la
OPEC. Mejorar el funcionamiento de la administración de justicia y
el acceso de la ciudadanía, cumpliendo las demás funciones que
legal y reglamentariamente se le asignen.
h) Elaborar los protocolos de gestión interna de los servicios.
i) Ejercer las potestades disciplinarias sobre todos los funcionarios
integrantes de la OPEC, las que recaen, exclusivamente, en el
Profesional mencionado en el artículo 4º.”
“5º. ÁREA ADMINISTRATIVA. Estará organizada en dos Secciones, las
que tendrán las funciones que se dirán:
Sección Mesa de Entrada
a) Brindar una adecuada atención a los particulares y/o profesionales
que legítimamente lo requieran, ya sea que concurran personalmente
a la OPEC con nota escrita o a través de medios electrónicos.
orientándoles e informándoles el estado de la causa, la
programación y la realización de las audiencias, entre otros.
b) Recibir toda solicitud que sea presentada, tanto en formato digital
como en soporte papel, -en cuyo caso se digitalizará-, y registrar la
totalidad de los movimientos procesales en el sistema informático. A
dicha solicitud se le asignará un número de IUE, la que quedará
relacionada con el número de trámite otorgado por Fiscalía.
c) Vincular las solicitudes de las partes con el Expediente Judicial
respectivo, o en su caso, darle ingreso a uno nuevo.
d) Recibido el escrito, remitirlo a la mesa correspondiente a efectos
de su correcta agregación en el expediente judicial respectivo.
e) Proponer mejoras en los protocolos de trabajo definidos.
f) Realizar todas aquellas actividades que le asigne el Código del
Proceso Penal, la legislación vigente, la Dirección de División y/o la
Dirección del Departamento correspondiente, en el marco de su
competencia.
Sección Administración y Logística
a) Coordinar y supervisar los recursos materiales, tales como
mobiliario, equipos informáticos y servicios de locomoción,
realizando a tales fines todas las gestiones ante la distintas
Divisiones del Poder Judicial a fin de contar con toda la logística de
soporte para las audiencias.
b) Realizar los pedidos de materiales a Proveeduría a través del
Sistema de Inventarios y Proveeduría (SINPRO), gestionar lo
relativo a insumos de computación, brindar todo el soporte técnico y
material necesario para el correcto desarrollo de las audiencias.
c) Preparar las salas en donde se realizarán las audiencias,
proveyendo los materiales necesarios para su adecuado
funcionamiento y los efectos que puedan servir de prueba.
d) Efectuar el control de asistencias del personal y reportarlo a la
Dirección de la División, así como la comunicación de viáticos,
horas extras, realización de medidas gremiales y. toda otra
comunicación relativa al personal de OPEC que fuere solicitada por — .
la Suprema Corte de Justicia a través de alguno de sus órganos.”
“6º.- ÁREA TÉCNICO -JURÍDICA. Estará dirigida por un Director de
Departamento del Escalafón II (Profesional) y sus funciones serán las
siguientes:
a) Realizar la certificación de decretos y sentencias.
b) Expedir los testimonios que fueren ordenados.
e) Librar los oficios y exhortos ordenados en autos.
d) Firmar las notificaciones de las resoluciones judiciales.
e) Firmar las citaciones.
f) Labrar las actas de constatación de todo hecho del cual se desee
dejar constancia en autos.
g) Realizar los informes técnicos que sean ordenados en autos.
h) Comunicar a la Unidad de Apoyo Tecnológico (UNATEC) del
Ministerio del Interior los nombramientos, ascensos, subrogaciones
y traslados de los Jueces Letrados de Primera Instancia en lo Penal
de Montevideo.
i) Proponer mejoras en los protocolos de trabajo definidos.
j) Realizar todas aquellas actividades que se le asignen en el marco
de su competencia.”
“7º.- SUBROGACIONES. El Profesional designado para administrar la
OPEC será subrogado por el Director del Departamento Técnico - Jurídico
y en caso de licencia y/o impedimento, por el técnico (Actuario Adjunto)
con más antigtiedad en el cargo.”
“9º. COMITÉ DE JUECES: tendrá por cometido representar al total del
colectivo ante la OPEC a efectos de transmitirle propuestas de mejoras de
gestión y de los procesos de trabajo como usuario de sus servicios.
A) Las asignaciones para integrar el mismo durarán un año,
debiendo ser elegidos antes del 24 de diciembre de cada año y con
vigencia a partir de cada 1º de enero siguiente.
B) El Presidente es quien representa a los Sres, Magistrados
integrados a la OPEC, a nivel administrativo y protocolar.
C) Serán cometidos del Comité:
a) Coordinar y analizar con la Dirección de Coordinación de
Oficinas y Servicios (DICOS), la forma de organización del
trabajo de los Magistrados, efectuando las sugerencias que
entiendan necesarias para la mejor prestación del servicio.
b) Para el cumplimiento de sus tareas, el Comité se reunirá por lo
menos una vez cada tres meses. En esas reuniones, deberá evaluar
el funcionamiento de la OPEC en el período y considerar los
planteos que se efectúen por parte de los demás magistrados. En
función de ello, deberá efectuar un informe acerca del
funcionamiento de la oficina y las propuestas que entendiere
necesarias para su mejoramiento.
c) Dicho informe será puesto en conocimiento de la Dirección de
Coordinación de Oficinas y Servicios (DICOS) y así como del
Profesional designado para administrar la OPEC, así como de
todos los Sres. Magistrados y de la Dirección General de los
Servicios Administrativos.
d) Será cometido del Comité dar cuenta a la Dirección de
Cordinación de Oficinas y Servicios todas aquellas cuestiones
que entienda que refieran a faltas administrativas a efectos que
ésta disponga el inicio de los procedimientos que estimare del
caso (investigaciones o procedimientos disciplinarios)”
29.- Comuníquese, publíquese en el Portal Corporativo e insértese en el sitio web.