122/2022 - Acordada nº 8156 - Reglamentación del sistema de actuaciones móviles en la OCNyA
1°.- Que a partir del 1 de febrero de 2023, las notificaciones que deban
realizarse por la Oficina Central de Notificaciones y Alguacilatos (OCNyA)
provenientes de sedes jurisdiccionales que cuenten con Sistema de Gestión de
Juzgados Multimateria (SGJM) deberán ser registradas en la aplicación “Sistema
de Actuaciones Móviles”.
2%.- Los notificadores de la OCNyA al recepcionar físicamente los cedulones
deberán recepcionar también los mismos en el Sistema de Gestión de Actuaciones
Judiciales (SGAJ) en forma diaria, quedando sin efecto el uso de las cuadernolas
que son llevadas actualmente por los notificadores.
3°.- Descargarán en el dispositivo móvil las actuaciones registradas en el SGAJ
para su diligenciamiento en forma obligatoria.
4°.- Cuando la notificación es cumplida, el notificador registrará en la aplicación
que fue entregada, sacará una foto del lugar donde fue realizada la notificación y
la aplicación automáticamente adjuntará un mapa de ubicación del mismo. Se
aclara que la georreferenciación del mapa que ubica el punto donde se realizó la
diligencia tiene un márgen de error de 100 metros. Si por razones de seguridad la
foto no puede ser tomada en el lugar, la misma se hará desde un lugar próximo
dejando constancia de tal circunstancia. Cuando la diligencia no es cumplida el
notificador sólo deberá realizar un informe en la aplicación.
5°.- Una vez realizada la notificación, el notificador deberá sincronizar en oficina
los datos de la aplicación con el SGAJ para que en el mismo se vea reflejado lo
actuado en cada notificación, cancelando así las actuaciones cumplidas o
informadas.
6.- En aquellos casos en que no se pudiera utilizar la aplicación móvil el
notificador deberá dar cuenta a la Dirección de la OCNyA..
7°.- Comuníquese, publíquese en el Portal Corporativo e insértese en el sitio web.