016/2021 - Declaración de días inhábiles en los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Paso de los Toros de 1º y 2º Turnos

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Resolución SCJ Secretaría Letrada nº 22

3 de marzo de 2021

 

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
A través de su Secretaría Letrada
RESUELVE:

 

1º.- Decláranse inhábiles los días comrendidos entre el 3 y el 7 de marzo de 2021 inclusive, en los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Paso de los Toros de 1º y 2º Turnos.

Suspéndanse las actividades programadas dentro de esas fechas (audiencias, inspecciones oculares, a vía de ejemplo) por razones sanitarias.

Lo establecido en el inciso anterior es sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 97 del Código General del Proceso para la habilitación de días u horas inhábiles, con las remisiones formuladas por los artículos 87 del Código del Proceso Penal de 1980, 106 y 111 del Nuevo Código del Proceso Penal. Deberá tenerse presente que, por Resolución Nro. 12 de la Suprema Corte de Justicia de fecha 16 de marzo de 2020 a título de ejemplo, se plantearon distintas hipótesis que justificarían el pedido de habilitación.

2º.- Encárgase para administrar justicia durante dicho período a los Magistrados titulares, subrogantes o suplentes de las Sedes que se nominarán, quienes actuarán con sus respectivas oficinas:

- El Juez Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de 1º Turno, se encargará de los asuntos de competencia del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Paso de los Toros de 1º Turno.

- La Juez Letrada de Primera Instancia de Tacuarembó de 5º Turno, se encargará de los asuntos de competencia del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Paso de los Toros de 2º Turno.

3º.- El período determinado en la presente resolución es sin perjuicio de ulteriores modificaciones, que se podrán disponer atendiendo a los resultados qeu se vayan obteniendo de los respectivos hisopados.

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