057/2020 - Visita Anual de Cárceles, interior 2020
La Secretaría Letrada de la Suprema Corte de Justicia cumple con librar la presente a fin de llevar a su conocimiento la resolución de la Suprema Corte de Justicia Nº 15 del trece de abril del corriente año, referente a la Visita anual de cárceles del Interior, la que, en lo pertinente, se transcribe.
“En Montevideo, a los trece días del mes de abril de dos mil veinte, estando en audiencia la Suprema Corte de Justicia, integrada por los Señores Ministros doctores Elena Martínez Rosso -Presidente (i)-, Eduardo Turell Araquistain, Luis Tosi Boeri y Tabaré Sosa Aguirre, con la asistencia de la Prosecretaria Letrada doctora Gabriela Figueroa Dacasto:
DIJO
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de la emergencia sanitaria existente se han dictado las Resoluciones de la Suprema Corte de Justicia números 12/2020 del 16 de marzo de 2020, 15/2020 del 19 de marzo de 2020 y 23/2020 del 2 de abril de 2020, que han determinado una reducción del personal disponible en las respectivas sedes judiciales, lo que dificulta el cumplimiento de los plazos previstos por la Resolución nº 8 de la Suprema Corte de Justicia (Sección Libertades y Visita de Cárceles) del 5 de marzo de 2020;
ATENTO:
a lo dispuesto por el Art. 20 de la Ley Nro. 15.737 en la redacción dada por la Ley Nro. 17.272 y Acordada Nro. 7506;
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
RESUELVE:
1°.- Modificar el art. 11 de la Resolución nº 8 de la Suprema Corte de Justicia (Sección Libertades y Visita de Cárceles) del 5 de marzo de 2020, estableciendo que los legajos de las personas privadas de libertad que participarán del desfile deberán remitirse antes del 30 de abril de 2020.