157/2019 - Acordada nº 8056- Modificaciones al Reglamento Notarial planteadas por la Unión Nacional de Ciegos del Uruguay

imagen circulares

Acordada nº 8056

18 de noviembre de 2019

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

RESUELVE:

 

1º.- Agregar el siguiente inciso al artículo 164 del Reglamento Notarial (Acordada nº 7533 de 22 de octubre de 2004):

"No obstante, si el otorgante ciego sabe firmar y puede hacerlo, así lo declarará y firmará la escritura asistido por una persona de su confianza, quien le indicará el lugar donde debe estampar su firma y firmará conjuntamente con aquél, dejándose constancia de la suscripción especial adoptada"

 

Modifica Acordada nº 7533, Circular nº 100/2004

Temas relacionados

Descargar material adjunto