137/2019 - Acordada nº 8047 - Transferencia de la competencia penal (Ley nº 19.293) a los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Rivera de 1º, 2º y 7º Turnos

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Acordada nº 8047

03 de octubre de 2019

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

RESUELVE:

1º.- Se derogan los artículos 4º y 6º de la Acordada nº 7938 de fecha 23 de octubre de 2017 únicamente en lo que refiere a las sedes letradas del departamento de Rivera, de 1º, 2º y 7º turnos, manteniéndose vigente su actual redaccion respecto a los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Paysandú de 2º, 4º, y 8º Turnos.

2º.- Por la presente acordada se dispone que a partir del 1º de noviembre de 2019, las sedes letradas de 1º, 2º y 7º turnos del departamento de Rivera, actuarán en lo concerniente al nuevo Código del Proceso Penal, Ley nº 19.293 y modificativas.

Asimismo entenderán hasta su completa terminación en todos los pocesos en trámite concernientes al Código del Proceso Penal 1980, conforme al Decreto- Ley nº 15.032, siendo asímismo competentes para seguir entendiendo en materia de aduana y adolescentes infractores.

3º.- Los Juzgados Letrados de 2º y 7º turno, continuarán conociendo hasta su finalización en los asuntos iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente acordada, regulados por el nuevo Código del Proceso Penal, Ley nº 19.293 y modificativas.

4º.- Los asuntos concernientes al Código del Proceso Penal de 1980 (Decreto-Ley nº 15.032), que a la fecha de la presente acordada se encuentran en trámite en la sede letrada de 1º turno serán redistribuidos en forma aleatoria, por un proceso informático con asistencia de DITEC, entre las tres sedes letradas de 1º, 2º y 7º turnos del departamento de Rivera.

5º.- Las sedes letradas de Rivera de 1º, 2º y 7º turnos entenderán por períodos decenales de acuerdo con la nueva planilla que quedará confeccionada de la siguiente manera:

 Noviembre

Diciembre

 7º, 2º, 1º

2º, 1º, 7º

6º.- Los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Rivera de 1º, 2º y 7º Turnos deberán enviar a División Planeamiento y Presupuesto el impreso del módulo de estadísticas del sistema, a la fecha de la modificación de la competencia de dichas sedes establecida por la presente acordada.

 

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