013/2019 - Acordada nº 8014 - Supresión del Juzgado de Paz Departamental de la Capital de 15º Turno

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Acordada nº 8014

7 de febrero de 2019

 

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
RESUELVE:

 

1º.- Suprimir el Juzgado de Paz Departamental de la Capital de 15º turno a partir del 1º de marzo de 2019.

2º.- Confórmase una oficina única con los Juzgados de Paz Departamental de la Capital de 12º y 17º turnos, denominándose Juzgados de Paz Departamentales de la Capital de 12º, 14º y 17º turnos, adecuándose los recursos humanos a la nueva realidad.

3º.- Los expedientes que se encuentren en trámite a la fecha de la supresión del Juzgado mencionado en el artículo 1º de la presente Acordada, serán distribuidos aleatoriamente por División Tecnología, quien con la debida antelación remitirá los listados correspondientes al Juzgado suprimido, para su redistribución. El Juzgado suprimido comunicará a División Planeamiento y Presupuesto la cantidad de expedientes adjudicados a cada turno.

4º.- La Oficina Actuaria deberá enviar a la División Planeamiento y Presupuesto, en el plazo de cinco (5) dias el impreso de la consulta Estadísticas del Sistema de Gestión de Juzgados Multimateria (SGJM) a la fecha del cierre del Juzgado, así como el relacionado de audiencias del período 1º de enero a la fecha de cierre.

5º.- El archivo y la documentación perteneciente a la sede suprimida permanecerán en la oficina del Juzgado de Paz Departamental de la Capital de 14º turno para su resguardo, en calidad de depositaria.

6º.- Cométese a la Dirección General de los Servicios Administrativos el cumplimiento de los procedimientos necesarios para la implantación efectiva del nuevo régimen, la redistribución delos recursos humanos si fuera pertinente y el destino de los recursos materiales de la sede suprimida.

 

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