196/2018 - Modificaciones en la visita anual de cárceles y vista de causas en Montevideo Año 2018
La Dirección General de los Servicios Administrativos del Poder Judicial, cumple en librar a Ud. la presente, a fin de llevar a su conocimiento la Resolución de la SCJ n° 515, de fecha 11 de octubre del corriente año, referente a la Visita Anual de Cárceles y Vista de Causas para Montevideo, la que en lo pertinente se transcribe:
“Resolución Nro. 515 de la Suprema Corte de Justicia, Sección Libertades y Visitas de Cárceles. MODIFICACIÓN VISITA ANUAL MONTEVIDEO 2018.-
En Montevideo, a los once días del mes de octubre de dos mil dieciocho, estando en audiencia la Suprema Corte de Justicia integrada por los Señores Ministros Doctores Elena Martínez Rosso (Presidente), Jorge Chediak González, Eduardo Turell Araquistain y Bernadette Minvielle, con asistencia del Pro-Secretario Letrado Dr. Carlos Alles Fabricio
DIJO:
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que advertida la Corporación sobre las superposiciones de agenda que implica el comienzo de la Visita Anual de Cárceles en las fechas establecidas según la Resolución Nº 381/2018 de fecha 11/06/2018 y atento a la vacante generada por el Sr. Ministro Dr. Felipe Hounie dada su baja jubilatoria,
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA RESUELVE:
1. Fíjase la fecha de inicio de la Visita Anual de Cárceles para el día 30 de octubre de 2018, cuyo itinerario será:
DÍA | HORA | CÁRCEL |
30/10/2018 | 14:30 | UNIDAD Nº 5 – Cárcel de Mujeres |
31/10/2018 | 14:00 | UNIDAD Nº 4 – Santiago Vázquez |
06/11/2018 | 14:30 | UNIDAD Nº 1 – Punta de Rieles |
07/11/2018 | 14:30 | UNIDAD Nº 3 – Penal de Libertad |
2. A efectos de cumplir el Acto de Visita de Cárceles y la posterior Vista de Causas Penales, se estará a lo ya establecido por Resolución Nº 381/2018 de esta Corporación.-
3. Solicitar a los establecimientos carcelarios se cuente con la presencia del Director de la Cárcel, de unencargado o de un funcionario policial, indistintamente, con conocimiento del historial de los reclusos adesfilar, a efectos de poder evacuar las consultas que surjan a los Sres. Ministros en el transcurso del acto devisita.-
4. Comuníquese al Ministerio del Interior, Fiscalía de Corte, Instituto Nacional de Rehabilitación, Defensoríasde Oficio, Dirección Nacional de Apoyo al Liberado, Instituto Técnico Forense (Departamento de Medicina Forense), Oficina de Supervisión de Libertad Asistida; y líbrese circular a todos los Juzgados con competencia penal del país.-