142/2018 - Actividades permitidas en oficinas judiciales
La Dirección General de los Servicios Administrativos del PoderJudicial, atento al planteo efecutado por la Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay, y encumplimiento de lo dispuesto por mandato verbal de la Suprema Corte de Justicia, de fecha 30 de juliode 2018, libra la presente, a fin de poner en su conocimiento que; dentro de las Oficinas del PoderJudicial y sus locales, sólo pueden realizarse las actividades propias de la función que le fue encomendada a este Poder del Estado.