288/2017 - Acordada Nº 7952 - Aclaración sobre la tramitación para aplicar en aquellas causas iniciadas en el último turno penal, previo a la entrada en vigencia del Nuevo Código del Proceso Penal

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La Dirección General de los Servicios Administrativos, cumple en librar la presente, a fin de llevar a su conocimiento la Acordada nº 7952, la que a continuación se transcribe:

“Acordada nº 7952
En Montevideo, a los nueve días del mes de noviembre de dos mil diecisiete, estando en audiencia la Suprema Corte de Justicia, integrada por los señores Ministros doctores Jorge O. Chediak González -Presidente-, Felipe Hounie Sánchez, Elena Martínez, Eduardo J. Turell y Bernadette Minvielle, con la asistencia de su Secretario Letrado doctor Gustavo Nicastro Seoane;

DIJO:
I) que el 1º de noviembre de 2017 entró en vigencia el nuevo Código del Proceso Penal;
II) que se reorganizaron las sedes penales de Montevideo y del interior del país, para adecuarse al nuevo sistema penal, según se dispuso en diversas Acordadas;
III) que existen situaciones en las que es necesario determinar qué tramitación se aplicará;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por lo art. 239 ordinal 2º de la Constitución de la República, art. 55 num. 6 de la Ley n° 15.750 de 24 de junio de 1985, art. 402 Ley nº 19.293 y modificativas;

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

RESUELVE:

1º.- Aquellos hechos con apariencia delictiva que hayan sido puestos en conocimiento del Juez de turno antes del 1º de noviembre, y sobre los cuales no se haya formado expediente y asignado IUE, de acuerdo a
lo establecido en el artículo 402 del nuevo Código del Proceso Penal (Ley nº 19.293 y modificativas), deberán pasar a la órbita de Fiscalía a efectos de continuar el trámite correspondiente de acuerdo a la Ley
nº 19.293 y modificativas.
2º.- Aquellos hechos con apariencia delictiva que hayan sido puestos en conocimiento del Juez de turno antes del 1º de noviembre, y sobre los cuales sí se haya formado expediente y asignado IUE, continuarán
su tramitación en el Juzgado competente de acuerdo al Decreto – Ley 15.032.
3 º .- Hágase saber al Ministerio del Interior, Fiscalía General de la Nación.
4 º .- Comuníquese.

Modificada por Circular 113/2018 - Acordada nº 7980

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