099/2023 - Acordada nº 8176 - Modificación acordada nº 8166 art. 1º

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La Suprema Corte de Justicia resuelve:

1º.- Modificase el art. 1º de la Acordada nº8166 del 1 de junio de 2023, que quedará redactado de la siguiente forma:

"1º.- Por la presente Acordada se dispone que a partir del 21 de junio de 2023, el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Las Piedras de 1º turno actuará en lo concerniente al nuevo Código del Proceso Penal Ley nº19.293 y modificativas.

Lo dispuesto en el inciso anterior, incluye todas laquellas causas iniciadas con posterioridad al 21 de junio de 2023, aún cuando los hechos ilícitos investigados sean anteriores a la fecha mencionada.

Asimismo, seguirá entendiendo hasta su completa terminación en todos los procesos en trámite concernientes al Código de Proceso Penal 1980 conforme al Decreto Ley nº15.032, siendo asimismo competente para seguir entendiendo en materia de adolescentes infractores.

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